Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 32

Fecha del Boletín 
07-02-2019

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190207-56

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 2

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Torrejón de Ardoz número 2. Procedimiento 241 de 2017, notificación a Hajar Benkacem

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento familia, guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados número 241 de 2017, entre don Artur Rembovskky y doña Hajar Benkacem, en cuyos autos se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente.

Fallo

Estimo íntegramente la demanda formulada por don Artur Rembovskky, representado por la procuradora doña María del Carmen Ramos Aladueña y defendido por la letrada doña Eva María González Cobo, contra doña Hajar Benkacem, declarada en situación procesal de rebeldía, y, en consecuencia, en defecto de acuerdo entre los progenitores:

1.o Debo declarar que la patria potestad sobre el hijo menor, llamado Artur Salahadin, corresponde a ambos progenitores, si bien, se atribuye el ejercicio de la misma, así como la guarda y custodia del menor, Artur Salahadin Rembovskky, al padre, don Artur Rembovskky, no fijando a favor de la madre régimen de visitas.

2.o Se establece en concepto de pensión de alimentos la cantidad de 150 euros mensuales por su hijo, que deberá satisfacer la progenitora materna dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta designada al efecto.

Dicha cantidad será revisable anualmente conforme a las variaciones que experimente el IPC, que publica el Instituto Nacional de Estadística u organismo similar el 1 de enero de cada año.

Igualmente, abonarán ambos progenitores el 50 por 100 de los gastos extraordinarios.

3.o No se hace expresa imposición de costas procesales.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que deberá ser interpuesto ante este Juzgado en el plazo de veinte días, a contar desde el siguiente a su notificación.

Así, por esta mis sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a doña Hajar Benkacem, expido y firmo la presente en Torrejón de Ardoz, a 9 de enero de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/2.555/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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