Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 32

Fecha del Boletín 
07-02-2019

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190207-174

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

174
Móstoles número 1. Procedimiento 410 de 2018, notificación a Diseño Textil B. C. O., S. L. U.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento número 410 de 2018 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana Menéndez Gutiérrez, doña Antonia Heredia Aguilera, doña Míriam Gómez Sánchez, don Álvaro Díaz Castaño, don Jesús Candelario Díaz, don José España Truchado, doña Antonia García Chaves, don José Gerardo Timbila Toapanta y don Juan Manuel García Pozo, frente a “Diseño Textil B. C. O., Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Móstoles, a 9 de enero de 2019.

Parte dispositiva:

Estimar la solicitud de aclaración presentada por la defensa de doña Míriam Gómez Sánchez mediante escrito de 10 de diciembre de 2018, rectificándose el importe diario del salario de trámite que debe percibir y que asciende a 74,72 euros diarios y no 52,63 euros diarios.

Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma, el ilustrísimo señor magistrado-juez Francisco Juan Sánchez Delgado.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Diseño Textil B. C. O., Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a 9 de enero de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/2.685/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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