Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 30

Fecha del Boletín 
05-02-2019

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190205-78

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 2

78
Parla número 2. Procedimiento 878 de 2016, notificación a Ángeles Sanz Ramírez

EDICTO

Don Alejandro Tofiño Padrino, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 2.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 878 de 2016, instados por el procurador don Juan José Cebrián Badenes, en nombre y representación de comunidad de propietarios de Núcleo IX de Villayuventus II, contra doña Ángeles Sanz Ramírez, en los que se ha dictado en fecha 24 de marzo de 2017 sentencia, cuyo fallo es la siguiente:

“Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la representación procesal de la comunidad de propietarios de la calle Núcleo IX de Villayuventus II de Parla, debo condenar y condeno a doña Ángeles Sanz Ramírez al pago de seis mil cinco euros (6.005,05 euros), intereses y costas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que no es firme, por lo que cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de veinte días.

Llévese el original al libro de sentencias.

Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, la pronuncio, mando y firmo”.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada, doña Ángeles Sanz Ramírez, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de la interesada en la Secretaría de este Tribunal.

En Parla, a 12 de mayo de 2017.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/2.210/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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