Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 30

Fecha del Boletín 
05-02-2019

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190205-76

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 7

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Alcorcón número 7. Procedimiento 443 de 2017, notificación a Orlando Danilo Pabon Ayala

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento familia, divorcio contencioso número 443 de 2017, entre doña María Pilar Colas García y don Orlando Danilo Pabon, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 205 de 2018

En Alcorcón, a 11 de diciembre de 2018.—Vistos por mí, Rocío Gil Gómez de Liaño, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia e instrucción número 7 de Alcorcón, los presentes autos de divorcio contencioso, seguidos con el número 443 de 2017, a instancias de doña María Pilar Colas García, representada por el procurador de los Tribunales don Eulogio Paniagua García y defendida por el letrado don Orlando Danilo Pabon Ayala, sin representación procesal ni defensa letrada y declarado en situación procesal de rebeldía, habiendo recaído la presente resolución con base en el siguiente

Fallo

Estimar la demanda interpuesta por doña María Pilar Colas García contra don Orlando Danilo Pabon Ayala, y declaro disuelto por divorcio el matrimonio celebrado entre los litigantes en fecha 17 de octubre de 2005, en Quito (Ecuador), quedando revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado al otro, sin hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas procesales.

La sentencia firme de divorcio producirá, respecto de los bienes del matrimonio, la disolución del régimen económico matrimonial, cuya liquidación podrá llevarse por el procedimiento previsto en los artículos 806 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de veinte días, a contar del siguiente a su notificación y del que conocerá la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Firme esta resolución, líbrese mandamiento al Registro Civil Central en que consta inscrito el matrimonio de los litigantes, al que se acompañará testimonio de ella, a fin de que proceda a anotar su parte dispositiva al margen de la correspondiente inscripción de matrimonio.

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez.

Y para que sirva de notificación a don Orlando Danilo Pabon Ayala, expido y firmo la presente en Alcorcón, a 9 de enero de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/2.065/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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