Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 30

Fecha del Boletín 
05-02-2019

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190205-75

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 4

75
Fuenlabrada número 4. Procedimiento 158 de 2017, notificación a Miguel Ángel Fernández Alonso

EDICTO

Doña Begoña Buendía Herrera, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 4 de Fuenlabrada.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 158 de 2017, instados por el procurador, don Emilio García Guillén, en nombre y representación de doña Eva García Izquierdo, contra don Miguel Ángel Fernández Alonso, en los que se ha dictado, en fecha 24 de noviembre de 2017, sentencia cuyo fallo es el siguiente:

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, don Miguel Ángel Fernández Alonso, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Que estimando la demanda formulada por doña Eva García Izquierdo contra don Miguel Ángel Fernández Alonso:

1.o Declaro procedente la disolución de la copropiedad constituida sobre la vivienda, sita en la calle Gardenias, número 1, planta segunda, puerta 3, de Fuenlabrada, plazas de garaje números 89 y 90, sitas en el sótano segundo; y cuarto trastero número 11, sito en el sótano primero del mismo edificio. Finca inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de Fuenlabrada, Sección segunda, libro 623, tomo 1755, folio 100, inscripción primera, finca número 45.485.

2.o En consecuencia, en defecto de acuerdo entre las partes, declaro la procedencia de su venta en pública subasta, con admisión de licitadores extraños, a lo que se procederá, en ejecución de sentencia, por las normas previstas en el capítulo IV, Título IV, Libro III de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en lo que sea de aplicación, para el reparto por iguales partes de la cantidad que así se obtenga, una vez deducidos los gastos y/o cargas comunes, incluidos los generados en su caso por la venta.

3.o A los efectos anteriores, se declara a favor de doña Eva García Izquierdo un crédito por importe de 1.343,97 euros por las cuotas de comunidad devengadas desde junio de 2014 hasta marzo de 2015, incluidos.

4.o No se hace especial pronunciamiento en relación a las costas de la instancia.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2884-0000-04-0158-17 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia número 4 de Fuenlabrada, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos, 2884-0000-04-0158-17.

Asimismo deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Fuenlabrada, a 26 de septiembre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/31.841/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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