Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 27

Fecha del Boletín 
01-02-2019

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190201-86

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

86
Madrid número 2. Ejecución 101 de 2018, notificación a Enrique José Guzmán López

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Laura Carrión Gómez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 101 de 2018 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Nelida Segovia, frente a don Enrique José Guzmán López, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto incidente de 9 de enero de 2019

Parte dispositiva:

Se acuerda declarar extinguida la relación laboral de doña Nelida Segovia con la empresa “Enrique José Guzmán López”, en la fecha de la presente resolución, sustituyendo la obligación de readmisión establecida en la sentencia de 24 de enero de 2018, por la obligación de abonar la citada empresa a la trabajadora la cantidad de 2.362,73 euros, correspondiente a la indemnización por despido improcedente, más otros 15.002,52 euros correspondientes a los salarios de tramitación, en ambos casos hasta la fecha de la presente resolución.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado, abierta en la entidad “Banco Santander” 2500-0000-64-0101-18.

Así, por este su auto, lo acuerda doña Elena Sanabria Seguido, juez sustituta del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Enrique José Guzmán López, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 9 de enero de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/2.018/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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