Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 27

Fecha del Boletín 
01-02-2019

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190201-124

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

124
Madrid número 21. Procedimiento 445 de 2018, notificación a Anguvic Belleza y Poder, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. ARACELI CRESPO PASCUAL LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 21 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 445/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. ELENA NOVIKOVA frente a ANGUVIC BELLEZA Y PODER SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Que DESESTIMANDO la demanda interpuesta a instancia de Dª Elena Novikova, contra “Anguvic Belleza y Poder S.L.”, que no comparecen pese a estar citada en forma, habiendo citado a FOGASA que tampoco comparece, DEBO ABSOLVER y ABSUELVO a “Anguvic Belleza y Poder S.L.”, de los pedimentos formulados de contrario.

Notifíquese esta Sentencia a las partes a las que se advierte que contra la misma no cabe interponer recurso de suplicación.

Así lo acuerda, manda y firma, Dña. Silvia Plaza Ballesteros, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social N° 21 de Madrid.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ANGUVIC BELLEZA Y PODER SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cuatro de enero de dos mil diecinueve.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/1.614/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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