Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 27

Fecha del Boletín 
01-02-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190201-110

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

110
Madrid número 16. Procedimiento 586 de 2017, notificación a Diesel Best, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 586 de 2017 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Acosta Martín frente a “Diesel Best, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando don Luis Acosta Martín la demanda interpuesta por la parte actora frente a la demandada, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone al trabajador la cantidad de 1.924,18 euros, por los conceptos expresados, incrementando en un 10 por 100 los de naturaleza salarial.

Todo ello, sin efectuar especial pronunciamiento respecto al Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Se advierte a las partes de que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Diesel Best, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 20 de diciembre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/1.972/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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