Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 19

Fecha del Boletín 
23-01-2019

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190123-65

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

65
Madrid número 10. Procedimiento 28 de 2018, notificación a Stranded, S. L. y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 10 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 28/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MIGUEL ANGEL RUIZ JARA frente a JOBS AND TALENT S.L., JT HIRING EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL, D./Dña. PATRICK KRITCHEVER, STRANDED SL y FONDO DE GARANTIA SALARIAL (FOGASA) sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

Procedimiento: 28/2018.

Materia: Cantidad.

En Madrid, 13 de diciembre de 2018.

Vistos por la ILMA Dña. María Fátima Beardo Olivares, Magistrada adscrita como refuerzo al Juzgado de lo Social número 10 de Madrid, los presentes autos en materia de Cantidad, seguidos a instancias DON MIGUEL ANGEL RUIZ JARA, asistido del Letrado Dña. Ana María Pérez-Serrano Lara, contra JOBS AND TALENT, S.L., JT HIRING ETT, y DON PATRICK KRITCHEVER de los que desistió en el acto de la vista y contra la empresa STRANDED,S.L., y FONDO DE GARANTIA SALARIAL que no comparecen pese a estar citados en legal forma, ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente

SENTENCIA N° 483/2018

I

FALLO

Que teniendo a la parte actora por desistida de su reclamación frente a JOBS AND TALENT, S.L., JT HIRING ETT, y DON PATRICK KRITCHEVER Y estimando íntegramente como estimo la demanda formulada por DON MIGUEL ANGEL RUIZ JARA contra la empresa STRANDED, S.L., debo condenar y condeno a la empresa a abonar a aquél la cantidad de 1.583 euros brutos, con el recargo del artículo 29.3 ET.

Respecto al FOGASA no se efectúa pronunciamiento de absolución o condena sin perjuicio de sus obligaciones con arreglo al artículo 33 del ET.

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a STRANDED SL y D./Dña. PATRICK KRITCHEVER, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a trece de diciembre de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE/JUSTICIA

(03/806/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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