Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 19

Fecha del Boletín 
23-01-2019

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190123-124

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33

124
Madrid número 33. Ejecución 162 de 2018, notificación a Salones Majuca, S. A.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. ALMUDENA BOTELLA GARCIA-LASTRA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de 10 Social no 33 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 162/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D JUAN MIGUEL MUELA TABERNERO frente a SALONES MAJUCA, S.A. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

Se aprueba la liquidación de intereses practicada por la suma de 35,34 euros a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones.

Póngase a disposición la cantidad resultante de la liquidación de intereses practicada, librándose al efecto el oportuno mandamiento.

Notifiquese esta resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra el presente decreto no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Dña. ALMUDENA BOTELLA GARCIA-LASTRA

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SALONES MAJUCA, S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cinco de diciembre de dos mil dieciocho.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/875/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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