Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 17

Fecha del Boletín 
21-01-2019

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190121-85

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

85
Madrid número 2. Ejecución 160 de 2018, notificación a Proal Edifica, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. LAURA CARRIÓN GÓMEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 02 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 160/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MOHAMED EL YOUSFI frente a PROAL EDIFICA SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO INCIDENTE 21/11/2018

PARTE DISPOSITIVA

SE ACUERDA declarar extinguida la relación laboral de MOHAMED EL YOUSFI con la empresa PROAL EDIFICA, SL en la fecha de la presente resolución, sustituyendo la obligación de readmisión establecida en la Sentencia de fecha 24-01-18 por la obligación de abonar la citada empresa al/a la trabajador/a la cantidad de 1.786,84 euros correspondiente a la indemnización por despido improcedente, más otros 18.112,06 euros correspondientes a los salarios de tramitación, en ambos casos hasta la fecha de la presente resolución.

MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER número de cuenta 2500-0000-64-0160-18.

Así por este Auto lo acuerda ELENA SANABRIA SEGUIDO, Juez Sustituta del Juzgado de lo Social N° 2 de Madrid. Doy fe.

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a PROAL EDIFICA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiséis de noviembre de dos mil dieciocho.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/428/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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