Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 17

Fecha del Boletín 
21-01-2019

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190121-156

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23

156
Madrid número 23. Procedimiento 358 de 2018, notificación a UCS Dental Global Training, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. DAVID ATIENZA MARCOS, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 23 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 358/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. BEATRIZ RODRIGUEZ MARTINEZ frente a UCS DENTAL GLOBAL TRAINING SL y D./Dña. FOGASA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

DEBO ESTIMAR Y ESTIMO la demanda formulada por D./Dña. BEATRIZ RODRIGUEZ MARTINEZ contra la entidad UCS DENTAL GLOBAL TRAINING SL y en consecuencia:

Declaro improcedente del despido con efectos desde el 13 de febrero de 2018.

Condeno a la demandada UCS DENTAL GLOBAL TRAINING SL, a que, en el plazo de CINCO DÍAS a contar desde la notificación de la presente resolución OPTE, comunicándoselo a este Juzgado, bien por la READMISIÓN de la demandante en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, o a que le INDEMNICE con la cantidad de 1.135,87 euros; así como, en el caso de preoceder a la readmisión, a abonar los salarios devengados desde el despido hasta la efectiva readmisión, por importe de 34,42 euros.

CONDENO a la mercantil UCS DENTAL GLOBAL TRAINING SL al pago a D./Dña. BEATRIZ RODRIGUEZ MARTINEZ de la cantidad de 521,97 euros brutos. Dicha cantidad devengará el 10% de interés por mora respecto a los conceptos salariales reclamados.

Se advierte a las partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2521-0000-61-0358-18 del BANCO DE SANTANDER aportando el resguardo acreditativo. Si el recurrente fuese Entidad Gestora y hubiere sido condenada al abono de una prestación de Seguridad Social de pago periódico, al anunciar el recurso deberá acompañar certificación acreditativa de que comienza el abono de la misma y que lo proseguirá puntualmente mientras dure su tramitación. Si el recurrente fuere una empresa o Mutua Patronal que hubiere sido condenada al pago de una pensión de Seguridad Social de carácter periódico deberá ingresar el importe del capital coste en la Tesorería General de la Seguridad Social previa determinación por esta de su importe una vez le sea comunicada por el Juzgado.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a UCS DENTAL GLOBAL TRAINING SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente ose trate de emplazamiento.

En Madrid, a diecisiete de diciembre de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/955/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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