Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 7

Fecha del Boletín 
09-01-2019

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190109-28

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Alcobendas. Régimen económico. Modificación presupuestaria

En la Intervención de esta Entidad Local y conforme disponen los artículos 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en relación con el artículo 169.2 del mismo texto; y 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se han expuesto al público, a efectos de reclamaciones, los expedientes de modificación presupuestaria que se indica a continuación, aprobados por el Ayuntamiento Pleno en sesión de 27 de noviembre de 2018 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de noviembre) y que afectan al vigente presupuesto de la Entidad.

Crédito extraordinario número 13/2018

Los conceptos presupuestarios de ingresos y las aplicaciones presupuestarias de gastos que experimentan variación son las siguientes:

Asimismo, se modifica el Anexo de Inversiones incorporando esta nueva inversión relativa al proyecto de Remodelación del Centro de Empresas, con un coste de 135.000 euros y número de proyecto 2018 254 6130.

Transferencia de crédito 9/2018, según el siguiente detalle:

La financiación de estos gastos se hará con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias del capítulo 6 que ceden crédito, una vez modificada la finalidad de los mismos:

En relación a la operación anterior, se modifica el anexo de inversiones de 2018 reflejando la presente modificación, debiendo quedar la misma financiada en su totalidad con operación de endeudamiento.

Finalizado el plazo no se ha presentado reclamación alguna, por lo que los acuerdos se elevan a definitivos, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169,1 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. No obstante, en virtud del artículo 171.1 del citado Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer directamente contra los referenciados expedientes de modificación del presupuesto general, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Alcobendas, a 3 de enero de 2018.—Conforme, el interventor de Contabilidad y Presupuesto (por resolución de la DGAL de 18 de octubre de 2018), José Luis Martínez Porras.—El secretario general del Pleno accidental (por sustitución, según resolución de la DGAL de 28 de diciembre de 2018), Joaquín Emilio Tejeiro Trompeta.

(03/310/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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