Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 2

Fecha del Boletín 
03-01-2019

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190103-51

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible

51
Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible. Disolución Junta Compensación

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 22 de noviembre de 2018, y en el expediente administrativo con número de referencia 711/2016/28.389, ha adoptado el siguiente Acuerdo:

Primero.—Aprobar definitivamente la disolución de la Junta de Compensación de la Unidad de Ejecución 3, del PAU II-6 “Carabanchel”, constituida como entidad urbanística colaboradora para la gestión del ámbito, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que haya sido presentado alegación alguna, de conformidad con lo establecido en el artículo 30 del vigente Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, y en el artículo 10.3 de la Ley 4/1984, de 10 de febrero, sobre Medidas de Disciplina Urbanística de la Comunidad de Madrid, que resulta de aplicación al presente procedimiento por remisión expresa al mismo del artículo 38 de los Estatutos de la Junta de Compensación aprobados por Acuerdo de la Comisión de Gobierno de 26 de octubre de 1998.

Segundo.—Dar cuenta a la Administración actuante por parte de quienes ostentan los cargos de liquidadores de las operaciones de liquidación definitiva del saldo final, debiendo justificar documentalmente la práctica de dichas liquidaciones y los abonos correspondientes.

Tercero.—Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de los de mayor circulación, con notificación individualizada a los interesados.

Cuarto.—Elevar el Acuerdo a la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid para su inscripción en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras, de acuerdo con lo establecido en el artículo 164 del Reglamento de Gestión Urbanística aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto.

Lo que se publica para general conocimiento, significando que este Acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que lo ha dictado según lo dispuesto en el artículo 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a contar en ambos casos desde el día siguiente a la publicación del presente Acuerdo, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 3 de diciembre de 2018.—La secretaria de la Junta de Gobierno, Rita Maestre Fernández.

(02/39.856/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190103-51