Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 309

Fecha del Boletín 
28-12-2018

Sección 1.3.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181228-8

Páginas: 9


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA

8
ORDEN de 11 de diciembre de 2018, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se convoca la fase autonómica de la Comunidad de Madrid del concurso escolar 2018-2019 sobre consumo responsable “Consumópolis 14. Por tu seguridad ¿Sabes lo que consumes?”.

La Comunidad de Madrid tiene atribuida la competencia para el desarrollo legislativo, la potestad reglamentaria y la ejecución en materia de defensa del consumidor, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general y la política monetaria del Estado, en los términos de lo dispuesto en el artículo 149.1 de la Constitución española, como se desprende de lo establecido en el artículo 27.10 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero.

La Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid, en su artículo 3, reconoce como derecho básico de los consumidores la educación en materia de consumo. A este respecto, a la Comunidad de Madrid le corresponde fomentar la enseñanza de esta materia en todos los niveles educativos con el fin de promover mayor libertad y racionalidad en el consumo de productos, bienes y servicios y prevenir los riesgos derivados de su uso, y organizar, fomentar y desarrollar programas de educación y formación de consumidores, de acuerdo con lo establecido en los artículos 19 y 20 de la citada Ley. Entre otras finalidades, estas actuaciones deben estar destinadas a colaborar con el personal docente para el desarrollo de la educación en este ámbito, en los distintos niveles educativos.

En definitiva, la Comunidad de Madrid tiene como objetivo la información, formación y educación en materia de consumo para garantizar la defensa de los derechos de los consumidores, de acuerdo con lo establecido en el artículo 62.2.f) de la mencionada Ley 11/1998, de 9 de julio.

En virtud de lo dispuesto en el Decreto 193/2015, de 4 de agosto, del Consejo de Gobierno, modificado por el Decreto 126/2017, de 24 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, se atribuye a la Dirección General de Comercio y Consumo como competencia “el diseño, la coordinación y la ejecución de actuaciones de información, formación y educación en materia de consumo”.

Así, la Comunidad de Madrid, a través de la citada Dirección General, organiza diferentes actuaciones dirigidas al ámbito escolar cuyo propósito es fomentar entre los niños y niñas en edad escolar la adquisición y consolidación de hábitos de consumo conscientes, sostenibles y solidarios, promoviendo para ello la reflexión y el desarrollo de actitudes críticas en sus actos de consumo como mecanismos fundamentales de cambio y de prevención frente a los riesgos que pueden afectar a su salud y su seguridad, entendidas de forma integral, incluyendo aquellos que amenacen al medio ambiente y la calidad de vida.

En este marco normativo y conceptual, la Comunidad de Madrid viene colaborando con el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, a través de la Dirección General de Consumo, en el desarrollo del concurso escolar “Consumópolis”.

Este Ministerio establece anualmente las bases reguladoras del concurso y dicta las instrucciones generales de participación conforme a las cuales el concurso exige la realización de dos actividades: la primera consistente en la realización de un juego “on-line", al que se accede a través de la Plataforma Virtual de Educación e Información “Consumópolis”, cuya dirección web es www.consumopolis.es, que incluye pruebas pedagógicas y lúdicas con la finalidad de adquirir los conocimientos necesarios para desarrollar la segunda actividad, consistente en el diseño y la elaboración de un trabajo en equipo y su ubicación en un espacio virtual asignado para ello en el mismo portal.

Esta segunda actividad se divide en dos fases: Una autonómica, organizada en nuestro ámbito territorial por la Dirección General de Comercio y Consumo y de la que saldrán los equipos ganadores por cada nivel de participación en la Comunidad de Madrid; y una fase nacional, organizada por la Dirección General de Consumo del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, en la que participarán los equipos ganadores de las Ciudades y Comunidades Autónomas, siendo seleccionados los mejores trabajos para cada nivel de participación en el ámbito estatal.

Mediante Orden SCB/1288/2018, de 20 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan los premios nacionales del concurso escolar 2018-2019 “Consumópolis14: Por tu seguridad ¿sabes lo que consumes?” (“Boletín Oficial del Estado” de 3 de diciembre de 2018), el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social establece la regulación de la participación en el concurso y convoca los premios nacionales, debiendo acudirse a su contenido en todo lo no contemplado en la presente norma autonómica.

Con la finalidad de incentivar la participación de los escolares madrileños en el concurso, la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda ha contado con patrocinios externos, con cuya colaboración otorgará los premios establecidos en esta convocatoria autonómica.

En virtud de lo expuesto, de conformidad con las competencias atribuidas a la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda,

DISPONGO

Artículo 1

Objeto y bases reguladoras

1. Convocar la fase autonómica del concurso escolar 2018-2019 Consumópolis14 sobre consumo responsable y calidad de vida, que lleva por título: “Por tu seguridad ¿sabes lo que consumes?”, en los términos establecidos en las bases reguladoras y en la presente Orden.

2. Las bases reguladoras están publicadas en el portal web institucional creado por la Dirección General de Consumo del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social: http://www.consumopolis.es/concurso/pdfs/bases_consumopolis_es.pdf

Artículo 2

Definición del concurso

El objeto del concurso es fomentar entre los escolares madrileños matriculados en los cursos de quinto y sexto de Educación Primaria, así como en los cuatro cursos de Educación Secundaria Obligatoria, la reflexión de forma consciente, crítica y solidaria, sobre distintos aspectos del consumo responsable, mediante la realización de un trabajo. La participación en el mismo se materializa a través de las actividades que deberán desarrollar los concursantes en el portal de internet Consumópolis (www.consumopolis.es), siguiendo las instrucciones generales de participación que allí se detallan.

Artículo 3

Definición del trabajo

El trabajo en equipo consiste en diseñar, elaborar y presentar un producto novedoso y original con su correspondiente etiqueta obligatoria. El producto debe ir acompañado de una ficha explicativa, en la que se detallarán sus principales características, y de un mensaje o eslogan para difundir el producto creado a sus potenciales consumidores.

En función de la etapa educativa a la que pertenezca, cada equipo deberá elegir uno de los siguientes productos:

— Alumnado de Educación Primaria: juguetes, artículos deportivos (bicicletas, patinetes…) o material escolar.

— Alumnado de Educación Secundaria Obligatoria: moda (calzado, ropa, complementos), aparatos eléctricos (nevera, lavadora, aspiradora, secadora, plancha…), aparatos electrónicos (tablet, pc, consola, dispositivo de navegación…), smartphones o artículos deportivos.

Las dimensiones máximas del producto no excederán de 50 ´ 50 ´ 50 cm.

La etiqueta debe indicar:

— Nombre genérico del producto.

— Responsable del producto (nombre, dirección, etc., del fabricante, importador, distribuidor o marquista).

— Instrucciones de uso y/o advertencias de riesgos previsibles (si los hubiese).

— Otra información específica propia de cada categoría de producto (marcado CE en juguetes, material de que está hecho en textil…).

— Además, pueden indicar cualquier otra información voluntaria/facultativa.

La ficha explicativa debe indicar:

— Mensaje o eslogan con el que se quiere llegar a los posibles destinatarios.

— A quién va dirigido el producto.

— Cómo se ha elaborado (materiales, montaje, herramientas, etc.).

— Cómo se gestionan sus residuos.

— Qué impacto ambiental y social supone su elaboración.

Se valorará que los distintos elementos del trabajo sean originales, pedagógicos (con un fin didáctico, educativo) y adaptados al público infantil y juvenil, así como las consideraciones al consumo responsable, saludable, sostenible y solidario que contengan.

Los requisitos para su presentación y subida a la plataforma se detallan en las Instrucciones generales de participación del concurso, publicadas y accesibles en el portal de Consumópolis, en la dirección ya referenciada, www.consumopolis.es

El trabajo en equipo deberá presentarse obligatoriamente en formato original y electrónico:

— El trabajo en formato electrónico: producto, etiqueta y ficha explicativa, se subirán al espacio virtual habilitado en el sitio web www.consumopolis.es, al que se podrá acceder desde el 15 de octubre de 2018 hasta el 22 de marzo de 2019, ambos incluidos. Para ello, el personal docente coordinador del equipo debe:

• Subir una fotografía del producto.

• Subir una fotografía de la etiqueta.

• Completar los diferentes puntos de la ficha explicativa en el espacio reservado a tal efecto en la propia plataforma.

Las fotografías deben realizarse en posición vertical y subirse en formato jpg.

Una vez que se haya subido el trabajo en equipo al espacio virtual, se podrá descargar la ficha virtual identificativa de cada trabajo en idéntico plazo, con fecha límite de 22 de marzo de 2019 inclusive.

Una vez que la ficha virtual del trabajo se haya descargado, el trabajo no podrá modificarse.

— El trabajo en formato original: producto original y etiqueta, junto con la ficha virtual identificativa de cada trabajo, se presentarán presencialmente o se enviarán por correo postal a la siguiente dirección: Dirección General de Comercio y Consumo; Subdirección General de Coordinación General y Gestión de Consumo, C/ Ramírez de Prado, 5 bis, 1.a planta, 28045 Madrid.

Las imágenes o cualquier otro contenido incluido en el trabajo no podrán vulnerar los derechos de autor o de propiedad intelectual. Los trabajos que no sigan estas indicaciones, así como las reflejadas en las instrucciones generales de participación del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, serán excluidos del concurso.

Artículo 4

Participantes

1. Podrán participar todos los escolares de la Comunidad de Madrid matriculados en alguno de los niveles de participación, de cualquier centro escolar público, concertado o privado.

2. Existen tres niveles de participación:

— Nivel 1: Escolares de quinto y sexto curso de Educación Primaria.

— Nivel 2: Escolares de primer y segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

— Nivel 3: Escolares de tercer y cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria.

3. La inscripción en el concurso se realizará por equipos de cinco alumnos, matriculados en uno de los cursos de un mismo nivel de participación, con la coordinación de un docente del centro educativo. En el caso de los Colegios Rurales Agrupados (CRA) y de las Escuelas Unitarias que, por sus especiales circunstancias geográficas o demográficas, tengan dificultades para formar los equipos únicamente con alumnado de los cursos de quinto y sexto de Educación Primaria, podrán completar los equipos con alumnado de otros cursos de Primaria.

4. Cada docente podrá coordinar más de un equipo.

5. Cada concursante solo podrá inscribirse en un equipo.

6. No existe límite para el número de equipos que se pueden formar en cada centro.

Artículo 5

Registro e inscripción de participantes

1. Para participar en la fase autonómica los equipos deberán:

a) Estar inscritos, en tiempo y forma, en el portal de la plataforma virtual de Consumópolis (www.consumopolis.es), según establecen las bases del concurso del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.

b) Haber completado, todos y cada uno de los integrantes del equipo, el recorrido por la ciudad virtual de “Consumópolis”, resolviendo las diversas pruebas, en la forma que se detalla en las Instrucciones generales de participación del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, que se pueden encontrar igualmente en la plataforma virtual indicada. El alumnado podrá completar el recorrido desde el 8 de octubre de 2018 hasta el 22 de marzo de 2019, ambos inclusive.

c) Presentar la solicitud de participación, dirigida a la Dirección General de Comercio y Consumo, conforme al modelo que se adjunta como Anexo de la presente Orden, debidamente cumplimentada y firmada, en el plazo que determina esta convocatoria. Esta solicitud ha de ir acompañada de la ficha virtual del trabajo, que debe imprimirse tras subir a la plataforma el trabajo en formato electrónico creado por cada uno de los equipos, así como por el trabajo en formato original (producto y etiqueta), tal y como se especifica en el artículo 3 de esta Orden.

2. La solicitud y el trabajo original (producto, etiqueta y ficha virtual) a que se refiere el apartado anterior se presentarán en el Registro de la Dirección General de Comercio y Consumo de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda de la Comunidad de Madrid, calle Ramírez de Prado, 5 bis, 1ª planta, de Madrid, o en cualquier otro lugar previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en lo sucesivo LPACAP.

El producto se acondicionará y embalará con suficiente diligencia para que se evite el deterioro, rotura o modificación sustancial de su diseño o presentación durante el transporte, no haciéndose responsable la Dirección General destinataria de los daños o cambios que se puedan producir durante el traslado del producto a sus instalaciones. Asimismo en el embalaje del producto se indicará de forma clara e indeleble el nombre del equipo autor del trabajo.

En caso de presentar la solicitud de participación y la ficha virtual por internet, a través del Registro electrónico de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, será necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo establecido en los artículos 9 y siguientes de la LPACAP. En este supuesto, a la presentación del trabajo en formato original de forma presencial (a través del registro, tal y como se establece en este apartado) o por correo, deberá acompañarse una copia de la solicitud de participación presentada electrónicamente, al objeto de que pueda ser posteriormente verificada la presentación en tiempo y forma de todos los documentos exigidos así como del propio trabajo en formato original por parte de cada equipo participante.

3. En la solicitud se incluye la posibilidad de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

4. Si la solicitud de participación no reuniese todos los requisitos exigidos en el apartado 1.c) de este artículo, el órgano instructor requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68 de la LPACAP.

5. La inscripción en el concurso supone la aceptación expresa de las bases reguladoras así como de las previsiones contenidas en la presente Orden.

Artículo 6

Plazo de inscripción y presentación

1. Para participar en la fase autonómica deberá constar que el equipo se ha inscrito en la plataforma www.consumopolis.es entre el 8 de octubre de 2018 y el 15 de febrero de 2019 y que ha completado el recorrido de la ciudad de Consumópolis según lo establecido en el artículo 5.1 b) de esta Orden.

2. La inscripción en la fase autonómica de la Comunidad de Madrid se realizará con la presentación de la solicitud de participación (Anexo) a la que se acompañará la ficha virtual y el trabajo original tal y como se recoge en el artículo 5.1.c) de esta Orden. El plazo para la presentación de la inscripción, ficha virtual y trabajo en formato original finaliza el 25 de marzo de 2019, a las 23 horas y 59 minutos.

3. Para formalizar esta inscripción es necesario haber ubicado, en el periodo comprendido entre el 15 de octubre de 2018 y el 22 de marzo de 2019, ambos incluidos, en el espacio virtual asignado al efecto en el portal de Consumópolis, el trabajo en formato electrónico y descargada la ficha virtual.

Artículo 7

Premios y reconocimientos

1. Para los trabajos ganadores, en cada uno de los tres niveles de participación, (Nivel I: Quinto y sexto cursos de Educación Primaria; Nivel II: Primer y segundo cursos de Educación Secundaria Obligatoria, y Nivel III: Tercer y cuarto cursos de Educación Secundaria Obligatoria) se entregarán los siguientes premios:

a) Cuarenta entradas al Parque de Atracciones o al Zoo de Madrid, con una validez para su utilización hasta el 31 de diciembre de 2019, a cada equipo ganador de cada nivel, con un total de ocho entradas para cada miembro del equipo.

Este premio será aportado por las empresas “Parque de Atracciones de Madrid, S. A. U.” y “Zoos Ibéricos S. A.”, que en total aportarán ciento veinte entradas, por su interés en colaborar con este concurso mediante el convenio firmado con la Comunidad de Madrid.

b) Una tableta electrónica Fire 7 para cada miembro del equipo ganador de cada nivel.

Este premio será aportado por la empresa “Amazon Spain Services S. L.”, que en total aportará quince tabletas electrónicas, por su interés en colaborar con este concurso mediante el convenio firmado con la Comunidad de Madrid.

c) Un libro electrónico Kindle Oasis para el docente coordinador del equipo ganador de cada nivel.

Este premio será aportado por la empresa “Amazon Spain Services S. L.”, que en total aportará tres libros electrónicos, por su interés en colaborar con este concurso mediante el convenio firmado con la Comunidad de Madrid.

d) Un reloj electrónico Smartwatch para el docente coordinador del equipo ganador en cada nivel.

Este premio será aportado por la empresa “Pentatel Comunicaciones, S. L.”, que en total aportará tres Smartwatch, por su interés en colaborar con este concurso mediante el convenio firmado con la Comunidad de Madrid.

e) Una tarjeta regalo de “El Corte Inglés”, por importe de 100 euros, destinada a material escolar o deportivo, para la clase de cada equipo ganador en cada uno de los niveles.

Este premio será aportado por la empresa “El Corte Inglés, S. A.”, que en total aportará tres tarjetas por importe total de trescientos euros, por su interés en colaborar con este concurso mediante el convenio firmado con la Comunidad de Madrid.

f) Un diploma acreditativo para los alumnos y coordinadores que hayan participado, así como un diploma o cartel conmemorativo, en su caso, para los centros educativos de los equipos ganadores de cada nivel.

2. Como reconocimiento a su especial dedicación, se hará entrega de un SmartWatch a los cinco docentes que hayan coordinado el mayor número de equipos que presenten, en tiempo y forma, el trabajo objeto de la fase autonómica de acuerdo con lo establecido en el artículo 5, siempre que los citados trabajos hayan podido ser valorados en la citada fase autonómica. No se computarán, a estos efectos, los equipos cuyos trabajos hayan resultado excluidos por no cumplir los criterios de validez regulados en la presente convocatoria. No podrán optar a estos premios los docentes coordinadores de equipos cuyos trabajos presenten faltas de ortografía o errores gramaticales graves, por decisión de los miembros del jurado.

Este premio será aportado por la empresa “Pentatel Comunicaciones, S.L.”, que en total aportará cinco SmartWatch, por su interés en colaborar con este concurso mediante el convenio firmado con la Comunidad de Madrid.

El supuesto de empate en el número de equipos coordinados, se resolverá por un sorteo que se efectuará por el Jurado del concurso en la sede de la Dirección General de Comercio y Consumo, dejándose constancia escrita del resultado.

3. Los trabajos ganadores de cada nivel optarán a los premios de la fase estatal del concurso que organiza la Dirección General de Consumo del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, compitiendo con los ganadores de las Comunidades Autónomas participantes.

Artículo 8

Composición del Jurado

1. El Jurado de la fase autonómica en la Comunidad de Madrid del concurso escolar “Consumópolis 14” tendrá la siguiente composición:

Presidente: El titular de la Subdirección General con competencia en materia de formación en consumo o persona a quien designe.

Vocales:

a) Un empleado público de la Dirección General con competencia en materia de consumo, designado por su titular.

b) Un empleado público de la Dirección General con competencia en materia de educación primaria y secundaria de la Consejería competente, designado por su titular.

c) Un representante de la Secretaría General Técnica de la Consejería competente en materia de consumo, designado por su titular.

d) Un representante de una organización de consumidores miembro del Consejo de Consumo de la Comunidad de Madrid, designado por el titular de la Dirección General competente en materia de protección al consumidor a propuesta del Consejo de Consumo.

Secretario: Un empleado público de la Dirección General con competencias en materia de consumo designado por su titular, con voz pero sin voto.

2. El funcionamiento del Jurado se regirá por los principios recogidos en la sección 3.a, del capítulo II, título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y tendrá facultades para resolver las dudas y controversias que puedan surgir sobre la interpretación de esta convocatoria.

Artículo 9

Criterios de valoración

1. La puntuación final obtenida por cada equipo en las pruebas incluidas en el juego interactivo “Consumópolis 14” quedará fijada automáticamente por el propio sistema, conforme a los criterios recogidos en las Instrucciones generales de participación dictadas por la Dirección General de Consumo del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.

2. La valoración de los trabajos en equipo se realizará atendiendo a los criterios recogidos en las bases reguladoras del concurso “Consumópolis 14”, y así, el Jurado tendrá en cuenta los siguientes criterios:

a) Coherencia del trabajo con los objetivos del concurso: hasta 40 puntos.

b) Creatividad, originalidad: hasta 20 puntos.

c) Presentación del trabajo: hasta 20 puntos.

d) Calidad técnica: hasta 10 puntos.

e) Calidad lingüística: hasta 10 puntos.

3. Para la valoración de los equipos que optan a los premios autonómicos de la Comunidad de Madrid, el trabajo en equipo y el juego interactivo por la ciudad de Consumópolis ponderarán al 50 por 100.

Artículo 10

Instrucción y fallo del Jurado

1. El órgano instructor del procedimiento será la Dirección General con competencias en materia de consumo, que comprobará el cumplimiento de los requisitos y condiciones de participación en la convocatoria.

2. El procedimiento de concesión de los premios será el de concurrencia competitiva.

3. La valoración de los trabajos se realizará por el Jurado, que podrá proponer que cualquiera de los premios sea declarado desierto cuando, a su juicio, los trabajos no reúnan las condiciones necesarias para obtener el premio correspondiente.

4. El Jurado elevará su propuesta al titular de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda.

Artículo 11

Resolución

1. La concesión de los premios, al amparo de la presente Orden, corresponde al titular de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda.

2. La convocatoria se resolverá en el plazo máximo de dos meses desde la fecha de finalización de presentación de los trabajos, de conformidad con la propuesta del Jurado del concurso escolar, y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Artículo 12

Propiedad de los trabajos

Todos los trabajos premiados quedarán en propiedad de la Dirección General de Comercio y Consumo de la Comunidad de Madrid y, en su caso, de la Dirección General de Consumo del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, con reserva del derecho a su utilización en la forma que se considere más idónea.

Artículo 13

Publicidad

1. La Consejería competente en materia de consumo de la Comunidad de Madrid realizará la promoción y publicidad del concurso así como de los trabajos ganadores a través de los medios que considere más adecuados.

2. Todas las actuaciones que al respecto se realicen deberán respetar la legislación sobre protección de menores y sobre protección de datos de carácter personal.

Artículo 14

Transparencia

En aplicación de los principios recogidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, esta convocatoria será objeto de difusión electrónica en la página web institucional de la Comunidad de Madrid.

Artículo 15

Recursos

Contra la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, computando ambos plazos a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Habilitación normativa

Se faculta al titular de la Dirección General de Comercio y Consumo para la aplicación e interpretación de lo dispuesto en esta Orden.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 11 de diciembre de 2018.

La Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, ENGRACIA HIDALGO TENA



(03/41.126/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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