Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 304

Fecha del Boletín 
21-12-2018

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181221-199

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

199
Móstoles número 1. Procedimiento 563 de 2018, notificación a Renovatio Gestión, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento número 563 de 2018-E de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Gregorio Lozano Moreno, frente a “Renovatio Gestión, Sociedad Limitada”, y el Fondo de Garantía Salarial, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia doña María Victoria Esteban Delgado.—En Móstoles, a 20 de noviembre de 2018.

Habiendo tenido conocimiento que la empresa se encuentra en concurso según auto de fecha 7 de mayo de 2018, en el concurso abreviado número 530 de 2018 del Juzgado mercantil número 7 de Madrid, se deja sin efecto el señalamiento acordado para el día 29 de noviembre de 2018 a las diez y cuarenta horas.

Se señala nuevamente para dicho acto el día 27 de marzo de 2019 a las once cuarenta y cinco horas.

Cítese a las partes y demás personas convocadas en la forma legal, reiterando las advertencias efectuadas para el anterior señalamiento.

Se requiere a la demandante para que en el plazo de cinco días amplíe la demanda frente al administrador concursal, “AYM Administración Concursal, S. L. P.”, sito en la calle Núñez de Balboa, número 123, segundo derecha, de Madrid.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Renovatio Gestión, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a 20 de noviembre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/40.522/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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