Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 303

Fecha del Boletín 
20-12-2018

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181220-72

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

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Madrid. Sala de lo Social. Sección Tercera. Procedimiento 185 de 2018, notificación a Gtceisu Construcción, S. A.

SALA DE LO SOCIAL

Sección Tercera

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Y EMPLAZAMIENTO

D. LUIS FARIÑAS MATONI LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 03 de lo Social, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 185/2018 de esta Sección de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ANTONIO SANCHEZ VALIENTE, D./Dña. JOSE SANCHEZ RODRIGUEZ, D./Dña. JOSE MARIA MONTERO SANCHEZ, D./Dña. ANTONIO MAXIMO MILARA, D./Dña. ALVARO MAROTE AMORES, D./Dña. MARIA VICTORIA IGLESIAS HUESCA, D./Dña. PILAR GOMEZ GARVIA, D./Dña. JOSE LUIS ARROYO HERRERA, D./Dña. SILVIA ALMARCHA PEREZ, D./Dña. EVA MARIA ALARCON PASTRANA, D./Dña. JUAN JOSE CABRERA DOÑAS, D./Dña. JOSE MARIA BLANCO HERRERO y D./Dña. IONICA VARAREAN frente a FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, TEC GESTION Y ADMINISTRACION AEIE, FATECSA OBRAS, SAU, COMETEC TECNICAS EN HORMIGON SAU, TERRASTEST SA, D./Dña. NEFTALI FUENTES CALVO, GTCEISU CONSTRUCCION SA y FATECSA S.A. sobre Recurso de Suplicación se ha dictado la siguiente resolución: DILIGENCIA DE ORDENACIÓN.- EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA.- D. LUIS FARIÑAS MATONI.- En Madrid, a veintiocho de noviembre de dos mil dieciocho.-

El LETRADO D. RAFAEL SOTOMAYOR POLLAN, en nombre y representación de FATECSA S.A. ha presentado escrito de interposición de recurso de casación para la unificación de doctrina en tiempo con las oportunas certificaciones de Sentencia en la forma que posibilita el apartado 3 del artículo 224 de la L.R.J.S. ACUERDO:

- Tener por interpuesto en tiempo el recurso de casación para la unificación de doctrina y emplazar a las demás partes para su personación por escrito mediante letrado, ante la Sala Cuarta de lo Social del Tribunal Supremo dentro del plazo de los DIEZ DÍAS siguientes, contados a partir de la notificación de la presente resolución, entendiéndose personada de derecho a la parte recurrente, con la remisión de los presentes autos.

- Advertir a las partes, que deberán acreditar su representación, de no constar previamente en las actuaciones y designar un domicilio en la sede de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo a efectos de notificaciones con todos los datos necesarios para su práctica con los efectos del apartado 2 del artículo 53 de la LRJS.

Estando en ignorado paradero GTCEISU CONSTRUCCION SA, en calidad de Recurrido, y notificada ya por edictos una anterior resolución en estos autos, se procede a notificar la presente resolución en el tablón de anuncios de este Tribunal y mediante Edictos, líbrese oficio al BOCM para su inserción y para que sirva de notificación y emplazamiento en forma a la referida demandada. Notifíquese a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe interponer recurso de REPOSICIÓN ante el Letrado/a de la Admón. de Justicia, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de CINCO DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 186 y 187 LRJS). Lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN Y EMPLAZAMIENTO EN LEGAL FORMA a GTCEISU CONSTRUCCION SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 28 de noviembre de 2018.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/38.854/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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