Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 303

Fecha del Boletín 
20-12-2018

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181220-31

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible

31
Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible. Plan Especial Usos calle Montera 9

Anuncio aprobación definitiva con desestimación de la alegación formulada, del Plan Especial para el Control Urbanístico Ambiental de Usos en el edificio sito en la calle de la Montera, número 9.

Expediente: 711/2015/17228.

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 25 de octubre de 2018, adoptó el siguiente acuerdo:

«Primero.—Desestimar las alegaciones presentadas.

Segundo.—Aprobar definitivamente el Plan Especial para el Control Urbanístico Ambiental de Usos para el edificio ubicado en la calle Montera, número 9, en el Distrito de Centro, cuyo objeto es la implantación del uso terciario comercial en situación de edificio exclusivo, promovido por “Monthisa Patrimonio y Promoción, Sociedad Limitada”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 62.2.a), en relación con el artículo 61.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 del mismo texto legal.

Cuarto.—La vigencia del control urbanístico ambiental de usos contenido en el presente Plan Especial, será de cuatro años contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Quinto.—Notificar a los interesados del presente acuerdo, advirtiéndoles de los recursos que procedan, en virtud de lo establecido en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común».

Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con indicación de que se ha procedido al depósito del presente Plan de Ordenación Urbanística en la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

Significando que este Acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a esta publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente.

Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, modificado por la Ley 39/94, de 30 de diciembre, a continuación se publica el texto de las Ordenanzas del Plan Especial de referencia:

NORMAS

1. Régimen de las obras

El régimen de obras del edificio es el establecido en las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid 1997 para su ámbito y para los edificios fuera de ordenación relativa (artículo 2.3.3 de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid).

La ejecución de obras de reestructuración general o total y ampliación, según lo dispuesto en el artículo 8.1.21 de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, conllevan el sometimiento a las condiciones de obra de nueva edificación.

2. Régimen de usos

El uso del edificio una vez aprobado este Plan Especial para el Control Urbanístico Ambiental de Usos será, además de los permitidos por las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid 1997, el terciario, clase comercial, categoría de mediano comercio, en régimen de edificio exclusivo.

Madrid, a 14 de noviembre de 2018.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(02/37.601/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181220-31