Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 295

Fecha del Boletín 
11-12-2018

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181211-65

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 4

65
Madrid número 4. Procedimiento 1.743 de 2018, notificación a Filandra Iosif

EDICTO

Don Pedro José Hernández Gallego, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 4 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 1.743 de 2018, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

Sentencia número 338 de 2018

Madrid, a 20 de agosto de 2018.—Vistos el ilustrísimo señor don Antonio Serrano-Arnal y Domper, magistrado titular del Juzgado de instrucción número 4 de Madrid, los presentes autos de juicio de delito leve, registrados con el numero indicado anteriormente, y en el que han sido partes: el ministerio fiscal, en representación de la acción pública; “Tienda Cos”, como denunciante; Filandra Iosif, como denunciado, se procede en nombre de su majestad el Rey, a dictar la presente sentencia.

Fallo

Que debo condenar y condeno a Filandra Iosif, como autor de un delito leve de hurto, en grado de tentativa, tipificada en el artículo 234.2 del Código Penal a la pena de cuarenta y cinco días de multa, con una cuota diaria de diez euros por cada día de sanción, debiendo indemnizar a la “Tienda Cos” en la cantidad de 55 euros por los perjuicios económicos ocasionados, condenándole también al pago de las costas procesales.

Si no se satisface la multa voluntariamente o por vía de apremio, el condenado quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que podrá cumplirse en régimen de localización permanente.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que no es firme y cabe interponer recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación, ante este Juzgado, por escrito y en la forma prevista en los artículos 790 a 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

De mostrar conformidad con la sentencia, se le requiere para que en el plazo de diez días haga efectiva la multa impuesta mediante ingreso o transferencia al “Banco Santander” (0049), oficina 6748, cuenta número 2464-0000-A1-.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación: Leída y publicada fue la anterior sentencia por el magistrado que la suscribe, en el mismo día de su fecha y estando celebrado audiencia pública, de lo que doy fe.

En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a D./Dña. Filandra Iosif, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En Madrid, a 16 de noviembre de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/39.511/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181211-65