Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 295

Fecha del Boletín 
11-12-2018

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181211-61

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 1

61
Alcalá de Henares número 1. Procedimiento 416 de 2018, notificación a Nicoleta Simona Muntean

EDICTO

Doña Gloria Mayllo García, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 1.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 416 de 2018, instados por el procurador don Ignacio Argos Linares, en nombre y representación de “Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima”, contra doña Nicoleta Simona Muntean en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado en fecha 4 de septiembre de 2018 sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda debo condenar a doña Nicoleta Simona Muntean a que abone al “Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima”, la cantidad de 1.518,33 euros, más el interés legal desde la fecha de presentación de la demanda, así como debo condenar a doña Nicoleta Simona Muntean al pago de las costas de este juicio.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (artículo 455.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El juez/magistrado-juez (firmado).

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada doña Nicoleta Simona Muntean y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de la interesada en la Secretaría General de este tribunal.

En Alcalá de Henares, a 4 de septiembre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/29.463/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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