Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 290

Fecha del Boletín 
05-12-2018

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181205-87

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

87
Madrid número 5. Ejecución 259 de 2015, notificación a Eladio Prada González y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA JOSÉ VILLAGRAN MORIANA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 5 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 259/2015 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. LUCIA LOPEZ COBOS frente a D./Dña. ELADIO PRADA GONZALEZ y ANTONIO SOTOS MOTOR S.L. sobre Ejecución Forzosa del Laudo Arbitral se ha dictado la siguiente resolución:

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. MARIA JOSÉ VILLAGRAN MORIANA

En Madrid, a quince de noviembre de dos mil dieciocho

Visto el tiempo trascurrido y constando en la cuenta de consignaciones la cantidad de 126,80 euros póngase a disposicion de la demandada en concepto de sobrante y librese edicto para la notificacion de la presente que se publicará en el boletin Oficial de la Comunidad de Madrid, al encontrarse en ignorado paradero.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( art 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. ELADIO PRADA GONZALEZ y ANTONIO SOTOS MOTOR S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a quince de noviembre de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/37.324/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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