Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 286

Fecha del Boletín 
30-11-2018

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181130-76

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 10

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Madrid número 10. Procedimiento 1.367 de 2017, notificación a Beatris Lacamioara Maciuca

EDICTO

D./DÑA. M. EVA TARDON SILVESTRE LETRADO/A DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 10 DE MADRID.

DOY FE Y TESTIMONIO:

Que en el juicio sobre delitos leves nº 1367/2017 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

SENTENCIA Nº 235/2018

JUEZ/MAGISTRADO- JUEZ: D./Dña. M. ANTONIA DE TORRES DIEZ-MADROÑERO.

Lugar: Madrid.

Fecha: once de junio de dos mil dieciocho.

Vistos por mí, D./DÑA. M. ANTONIA DE TORRES DIEZ-MADROÑERO, MAGISTRADO-JUEZ de este Juzgado de Instrucción nº 10 de Madrid, los presentes autos de Juicio sobre Delito Leve nº 1367/2017, en los que ha sido parte del Ministerio Fiscal D. ALEJANDRO ROLDAN BARBERO, contra BEATRIS LACAMIOARA MACIUCA, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey, dicto la siguiente Sentencia.

F A L L O

QUE DEBO DE CONDENAR Y CONDENO a BEATRIS LACAMIOARA MACIUCA, como autora de un delito leve de Lesiones, a la pena de un mes de multa a razón de 3 euros/día (60 euros) con 15 días de responsabilidad personal subsidiaria para caso de impago, y al abono de las costas causadas en esta instancia. Debiendo indemnizar a Juan Jesús Morales en la cantidad de 300 euros por las lesiones causadas.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a BEATRIS LACAMIOARA MACIUCA, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de MADRID, expido la presente.

En Madrid, a 20 de octubre de 2018.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/36.798/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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