Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 286

Fecha del Boletín 
30-11-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181130-72

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 82

72
Madrid número 82. Procedimiento 1.076 de 2017, notificación a Jianqin Xu

EDICTO

Don Juan Manuel Escourido Pérez-Sindin, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 82 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado y bajo el número 1.076 de 2013, se siguen autos de procedimiento ordinario, en los que se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 266 de 2018

En la ciudad de Madrid, a 6 de noviembre 2018.

La ilustrísima señora doña Eva E. Ramírez García, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 82, de los de esta ciudad y su partido judicial, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario, promovidos por “Caixabank, Sociedad Anónima”, representada en autos por la procuradora señora Ruano Casanova y con asistencia de la letrada doña Patricia Esparza Herraiz, contra doña Jianqin Xu y don Jianren Zhang, declarados en rebeldía, que versa sobre incumplimiento contractual y reclamación de cantidad.

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda formulada por la procuradora señora Ruano Casanova, en nombre y representación de “Caixabank, Sociedad Anónima”, contra doña Jianqin Xu y don Jianren Zhang, declarados en rebeldía, y, en consecuencia, debo:

Declarar y declaro resuelto el contrato de crédito con garantía hipotecaria convenido mediante escritura de 25 de marzo de 2003.

Condeno a la parte demandada a pagar a la actora las cantidades debidas por principal e intereses hasta la fecha de certificación que ascienden a 32.444,72 euros, más los intereses que se devenguen hasta sentencia, y desde sentencia el interés de mora procesal, así como al pago de las costas causadas en esta instancia.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, la pronuncio, mando y firmo.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 497 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, por el presente se notifica a doña Jianqin Xu y a don Jianren Zhang, en situación de rebeldía procesal, la sentencia de 6 de noviembre de 2018, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación por escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días, debiendo exponer las alegaciones en las que base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna. Se advierte a las partes que:

No se admitirá dicho recurso si al interponerse no se acredita por escrito haber consignado en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado el importe de 50 euros, siendo la exigencia de este e depósito compatible con el devengo de la tasa exigida por el ejercicio de la potestad jurisdiccional.

Si se desestima el recurso la parte perderá la consignación a la que se dará el destino legalmente previsto.

En Madrid, a 6 de noviembre de2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/37.534/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181130-72