Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 286

Fecha del Boletín 
30-11-2018

Sección 1.2.36.25A: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181130-1

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

CANAL DE ISABEL II, S. A.

1
RESOLUCIÓN de 22 de noviembre de 2018, de Canal de Isabel II, S. A., por la que se hace pública la información de los procesos selectivos 2018-2019, convocatoria de estabilización de empleo temporal y turno libre.

Canal de Isabel II convocará en los próximos meses (finales de 2018 y 2019) procesos selectivos para consolidación de empleo, al amparo de la disposición adicional décima quinta de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015 y para estabilización del empleo temporal, al amparo de lo establecido en la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 y en el apartado 7 de la disposición adicional vigésima novena de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.

Adicionalmente, se convocarán puestos indefinidos por turno libre que tienen su origen en la tasa de reposición ordinaria regulada en la disposición adicional décima de la Ley 12/2017, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2018 (o normas equivalentes de otros ejercicios).

Se convocarán plazas correspondientes a los siguientes grupos profesionales de la empresa:

— Grupo profesional personal auxiliar.

— Grupo profesional personal oficios, subgrupos A y B.

— Grupo profesional personal administrativo, subgrupos A y B.

— Grupo profesional personal técnico, subgrupos A, B, C y D.

— Grupo profesional titulados universitarios, subgrupos A y B.

— Grupo profesional estructura y apoyo a estructura, subgrupos A y B.

En función del resultado de los procesos, podrían publicarse convocatorias para el grupo profesional mandos intermedios, subgrupos A y B.

Las condiciones laborales y retributivas de los puestos convocados serán las establecidas en el I Convenio Colectivo de Canal de Isabel II, S. A.

Del total de las plazas ofertadas, que ascenderán aproximadamente a setecientos puestos, se reservará al menos un 7 por 100 de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 4 del texto refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre. La reserva del mínimo del 7 por 100 se realizará de manera que, el 2 por 100 de las plazas ofertadas sean cubiertas por aquellas personas que acrediten discapacidad intelectual y el resto de las plazas, para cualquier otro tipo de discapacidad, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten el grado de discapacidad y la compatibilidad funcional con el desempeño de las tareas.

El acceso a estos puestos de trabajo se realizará mediante procedimientos públicos que se regirán por los principios de publicidad, transparencia, igualdad, mérito y capacidad, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional primera del Estatuto Básico del Empleado Público y en su artículo 55 y siguientes.

En cuanto a la regulación del propio procedimiento, se estará a lo establecido en las bases generales que regirán el proceso selectivo, publicadas en la página web de Canal de Isabel II, S. A. (www.canaldeisabelsegunda.es).

La convocatoria de cada proceso concreto se realizará, igualmente, a través de la página web (www.canaldeisabelsegunda.es). Las convocatorias se irán publicando, escalonadamente, entre finales de 2018 y 2019, teniendo en cuenta las necesidades de empleo de Canal de Isabel II y el desarrollo de los procesos. Con la publicación de cada convocatoria se incluirán unas bases específicas de la misma, en las que se detallarán el número de plazas ofertadas, características, funciones, requisitos exigibles a los candidatos, titulaciones académicas, experiencia mínima, compatibilidad funcional, etcétera. El plazo de presentación de solicitudes empezará a contar a partir de la fecha de publicación de cada convocatoria concreta, en la página web del Canal de Isabel II, S. A. (www.canaldeisabelsegunda.es), y la presentación de solicitudes se realizará a través de la misma web, en los términos especificados en las bases del procedimiento selectivo.

Las personas interesadas en participar en este proceso selectivo podrán obtener toda la información sobre estos procesos selectivos consultando la página web (www.canaldeisabel segunda.es).

Madrid, a 22 de noviembre de 2018.—El Director de Recursos, Pablo Galán González.

(01/38.245/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.36.25A: I. COMUNIDAD DE MADRID

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