Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 283

Fecha del Boletín 
27-11-2018

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181127-54

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL MOLAR

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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El Molar. Organización y funcionamiento. Reordenación Junta de Gobierno

La alcaldesa de este Ayuntamiento, mediante decreto 698/2018, de 28 de septiembre, corregidos errores en decreto 737/2018, de 9 de octubre, ha dictado la siguiente resolución, que se hace pública a los efectos oportunos.

“Con motivo de la incorporación de una nueva concejala juzgo necesario reordenar la organización municipal.

Vistos los artículos 20.1.a), 21 y 23 de la Ley de Bases del Régimen Local 7/1985, de 2 de abril, y en los artículos 43 y siguientes del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, todos ellos referidos a la designación de miembros de la Junta de Gobierno Local, nombramiento de tenientes de alcalde y delegación de atribuciones, áreas o materias, resuelvo:

Primero.—Nombrar a los siguientes concejales miembros de la Junta de Gobierno Local:

— Don David González Mínguez.

— Don José Manuel Gigante López.

— Don Antonio Sánchez Marín.

— Don Iván Fernández Núñez.

Segundo.—Mantener el régimen de delegaciones dispuestas en el Decreto 160/2017, de 12 de mayo de 2017, a saber:

— Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno, aprobar las bases de las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo.

— Todas las competencias que corresponden al alcalde-presidente como órgano de contratación, respecto de los contratos de obras, de suministro, de servicios, de gestión de servicios públicos, los contratos administrativos especiales y los contratos privados cuando su importe no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía de 6.000.000 de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada. Salvo los denominados contratos menores.

— La adjudicación de concesiones sobre los bienes y la adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial, cuando su valor no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto ni el importe de 3.000.000 de euros; así como la enajenación del patrimonio, cuando su valor no supere el porcentaje ni la cuantía indicados.

— La aprobación de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y los proyectos de urbanización

Tercero.—Nombrar las siguientes Tenencias de Alcaldía:

— Primer teniente de alcalde, don David González Mínguez.

— Segundo teniente de alcalde, don José Manuel Gigante López.

— Tercer teniente de alcalde, don Antonio Sánchez Marín.

— Cuarto teniente de alcalde, don Iván Fernández Núñez.

Cuarto.—Efectuar las siguientes delegaciones:

— Don David González Mínguez: Seguridad Ciudadana, Industria y Empleo, Obras Públicas, Vivienda e Infraestructuras.

— Don Iván Fernández Núñez: Comercio e Innovación Tecnológica, Limpieza Viaria y Tratamiento y Recogida de Residuos, Sanidad, Turismo.

— Doña Paula Bobes Berrendero: Protección y Bienestar Animal y Patrimonio Natural, Mujer.

— Don Antonio Sánchez Marín: Movilidad y Transportes, Parques, Jardines y Conservación del Medio Rural, Educación y Juventud.

— Don Gerardo Gancedo Blanco: Deporte.

— Don José Manuel Gigante López: Hacienda y Recursos Humanos, Mayor y Servicios Sociales.

Quedando por tanto las Áreas configuradas de la siguiente manera:

1. Área de Hacienda y Recursos Humanos:

— Concejal de Hacienda y Recursos Humanos: don José Manuel Gigante López.

2. Área de Seguridad Ciudadana, Movilidad y Transportes:

— Concejal de Seguridad Ciudadana: don David González Mínguez.

— Concejal de Movilidad y Transportes: don Antonio Sánchez Marín.

3. Área de Industria, Empleo, Comercio e Innovación Tecnológica:

— Concejal de Industria y Empleo: don David González Mínguez.

— Concejal de Comercio e Innovación Tecnológica: don Iván Fernández Núñez.

4. Área de Medio Ambiente y Obras Públicas:

— Concejala de Protección y Bienestar Animal y Patrimonio Natural: doña Paula Bobes Berrendero.

— Concejal de Limpieza Viaria y Tratamiento y Recogida de Residuos: don Iván Fernández Núñez.

— Concejal de Parques, Jardines y Conservación del Medio Rural: don Antonio Sánchez Marín.

— Concejal de Obras Públicas: don David González Mínguez.

5. Área de Sanidad, Mayor, Servicios Sociales y Mujer:

— Concejal de Mayor y Servicios Sociales: don José Manuel Gigante.

— Concejala de Mujer: doña Paula Bobes Berrendero.

— Concejal de Sanidad: don Iván Fernández Núñez.

6. Área de Educación, Juventud y Deporte:

— Concejal de Educación y Juventud: don Antonio Sánchez Marín.

— Concejal de Deporte: don Gerardo Gancedo Blanco.

7. Área de Planificación Urbana, Vivienda e Infraestructuras:

— Planificación Urbana: Alcaldía.

— Concejal de Vivienda e Infraestructuras: don David González Mínguez.

8. Área de Cultura y Tradiciones, Turismo e Infraestructuras Culturales:

— Cultura y Tradiciones: Alcaldía.

— Concejal de Infraestructuras Culturales: don Antonio Sánchez Marín.

— Concejal de Turismo: don Iván Fernández Núñez.

Quinto.—Las delegaciones conferidas permiten dirigir, organizar y gestionar los correspondientes servicios; pudiendo los miembros de la Junta de Gobierno Local, además, resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Sexto.—Publíquese anuncio de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, notifíquese a los interesados y dese cuenta al Pleno de la Corporación en los términos establecidos en los artículos 38.d), 44.2, 44.4 y 46.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Séptimo.—La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente a la firma de la misma, dejando sin efectos y derogadas todas las dictadas anteriormente sobre la Junta de Gobierno Local, Tenencias de Alcaldía y delegaciones, decretos 155/2015, 238/2016, 160/2017, 542/2017, 543/2017 y 557/2017”.

En El Molar, a 14 de noviembre de 2018.—La alcaldesa-presidenta, Yolanda Sanz Rojas.

(03/37.542/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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