Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 283

Fecha del Boletín 
27-11-2018

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181127-108

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 5

108
Torrejón de Ardoz número 5. Procedimiento 149 de 2017, notificación a Desarrollos Empresariales Somado, S. L.

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 149 de 2017 entre “Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima”, y “Desarrollos Empresariales Somado, Sociedad Limitada”, frente a “Desarrollos Empresariales Somado, Sociedad Limitada”, en los que se ha dictado, en fecha 19 de marzo de 2018, sentencia cuyo fallo es el siguiente:

Estimar, en su integridad, la demanda interpuesta por el procurador don Ignacio Argos Linares, en nombre y representación de “Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima”, contra “Desarrollos Empresariales Somado, Sociedad Limitada”, en rebeldía procesal, y, en consecuencia, condeno a la parte demandada a abonar a la actora la cantidad de 9.605,49 euros, más los intereses legales. Todo ello, con imposición de las costas procesales causadas a la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes personadas.

La presente sentencia no es firme, contra la misma se podrá interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid, en este Juzgado, en el plazo máximo de veinte días desde la notificación de la sentencia y previa acreditación de la constitución del depósito de 50 euros en la cuenta de consignaciones de este Juzgado, y del abono, si procediera, de la correspondiente tasa judicial, con el apercibimiento de que, si no se observaren dichos requisitos, no se admitirá a trámite el recurso.

Líbrese testimonio de esta resolución a los autos de su razón e incorpórese el original al libro de sentencias.

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

El la magistrado-juez (firmado).

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado “Desarrollos Empresariales Somado, Sociedad Limitada”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Torrejón de Ardoz, a 19 de marzo de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/12.593/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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