Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 280

Fecha del Boletín 
23-11-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181123-80

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 50

80
Madrid número 50. Procedimiento 898 de 2016, notificación a Mendoza Dopazo, S. L.

EDICTO

Doña Rosa María Mariscal de Gante Mirón, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 50.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 898 de 2016 instados por el procurador don José Ignacio López Sánchez, en nombre y representación de “Caixabank, Sociedad Anónima”, contra don Manuel Mendoza Dopazo y “Mendoza Dopazo, Sociedad Limitada”, en reclamación de 29.973,33 euros, en los que se ha dictado el 16 de octubre de 2018 auto de aclaración, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Se suple el fallo de la sentencia de 19 de junio de 2018 dictada en los presentes autos, quedando el mismo como a continuación se indica:

Que, estimando la demanda interpuesta por “Caixabank, Sociedad Anónima”, representada por su procurador don José Ignacio López Sánchez, contra la entidad “Mendoza Dopazo, Sociedad Limitada”, y don Manuel Mendoza Dopazo, representado este último por su procuradora doña Gema Pinto Campos, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar a la actora la cantidad de 29.973,33 euros en concepto de principal, más los intereses legales desde la fecha de la interposición de la demanda y las costas del procedimiento.

Que, desestimando la demanda reconvencional planteada por la procuradora doña Gema Pinto Campos en representación de don Manuel Mendoza Dopazo, contra “Caixabank, Sociedad Anónima”, debo absolver y absuelvo a la parte actora de las pretensiones ejercitadas contra la misma, con imposición de costas a la reconviniente.

Incorpórese esta resolución al libro de resoluciones definitivas a continuación de aquella de la que es complemento y llévese testimonio a los autos principales.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado “Mendoza Dopazo, Sociedad Limitada”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra el presente auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que proceden contra, en su caso, la resolución originaria que ya quedaron indicados al ser notificados (artículo 267.7 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).

Los plazos para los recursos a que se refiere el anterior apartado se interrumpen, en su caso, por la solicitud y en todo caso comienzan a computarse desde el día siguiente a la publicación de este edicto (artículo 267.8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 18 de octubre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/36.454/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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