Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 280

Fecha del Boletín 
23-11-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181123-79

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 39

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Madrid número 39. Procedimiento 104 de 2017, notificación a María Esther Urbina Plaza

EDICTO

Doña Cristina Gutiérrez del Álamo Oms, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 39.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 104 de 2017, instados por el procurador don José María Torrejón Sampedro, en nombre y representación de “Mercedes Benz Financial EFC, Sociedad Anónima”, contra doña María Esther Urbina plaza, “Cari Cari, Sociedad Limitada”, y don Tomás Redondo López, en los que se ha dictado en fecha 17 de octubre de 2018, sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

Sentencia número 253 de 2018

En Madrid, a 17 de octubre de 2018.—Vistos por doña Lucía Legido Gil, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 39 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario número 104 de 2017, seguidos a instancias de la entidad “Mercedes Benz Financial Establecimiento Financiero de Crédito, Sociedad Anónima”, (“Mercedes Benz” en adelante) representada por el procurador don José María Torrejón Sampedro y asistida por la letrada doña Marise Cosmea, frente a la mercantil “Cari Cari, Sociedad Limitada”, y frente a don Tomás Redondo López y doña María Esther Urbina Plaza, que se mantuvieron en los autos en situación de rebeldía procesal, sobre acción personal de reclamación de cantidad por incumplimiento contractual.

Fallo

Estimar íntegramente la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales don José María Torrejón Sampedro, en nombre y representación de la entidad “Mercedes Benz Financial Establecimiento Financiero de Crédito, Sociedad Anónima”, frente a la mercantil “Cari Cari, Sociedad Limitada”, y don Tomás Redondo López y doña María Esther Urbina Plaza, que se mantuvieron en los autos en situación de rebeldía procesal, y, en consecuencia, condenar a los demandados a que, de forma solidaria, abonen a la actora la cantidad de 57.379,17 euros, más los intereses legales correspondientes desde la interpelación judicial, resultando además de aplicación, ex lege, los intereses procesales prevenidos en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Las costas devengadas en la instancia se imponen a la parte demandada.

Notifíquese la presente sentencia a las partes interesadas, también a los demandados rebeldes conforme a lo previsto en el artículo 497 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

La presente sentencia no es firme, y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, que, en su caso, deberá interponerse por medio de escrito ante este Juzgado en el plazo de los veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación. Para recurrir es de aplicación la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en su nueva redacción dada por el apartado 19 del artículo 1 de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueve oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Así lo acuerda, manda y firma doña Lucía Legido Gil, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 39 de Madrid.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la magistrada que la suscribe, estando constituida en audiencia pública en el mismo día de su fecha, de todo lo cual.—Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada doña María Esther Urbina Plaza, “Cari Cari, Sociedad Limitada”, y don Tomás Redondo López y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 18 de octubre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/36.289/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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