Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 277

Fecha del Boletín 
20-11-2018

Sección 1.3.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181120-14

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES

14
ORDEN 1469/2018, de 25 de octubre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes por la que se revocan subvenciones concedidas en virtud de la Orden 851/2018, de 23 de julio, por la que se conceden subvenciones destinadas a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional para el año 2018.

Mediante Orden 1104/2016, de 8 de abril, se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional, modificada mediante la Orden 1657/2017, de 11 de mayo, del Consejero de Educación, Juventud y Deporte.

Por Orden 278/2018, de 6 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, se aprueba la convocatoria para el año 2018 de subvenciones destinadas a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional.

El artículo 5.3 del Decreto 80/2017, de 25 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la Consejería de Educación e Investigación y la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, y se modifican parcialmente las competencias y estructuras orgánicas de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid, atribuye las competencias en materia de deportes a la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.

En virtud del Decreto 121/2017, de 3 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, modificado por el Decreto 149/2018, de 9 de octubre, del Consejo de Gobierno, se atribuye a la Dirección General de Deportes en el artículo 12.g) la competencia para proponer la concesión de subvenciones y ayudas públicas a los clubes, asociaciones y demás entidades deportivas de la Comunidad de Madrid.

Por Orden 851/2018, de 23 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, se conceden subvenciones a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional para el año 2018.

Con posterioridad a la concesión, ha habido quince entidades que no han justificado la ayuda concedida en la forma prevista en los artículos 9.2 y 8.2 de las Ordenes 1104/2016 y 278/2018, respectivamente, porque no han presentado la documentación justificativa, no la han presentado en plazo o porque no han seguido desarrollando su actividad al nivel que les hizo merecedor de la misma, manteniendo al equipo en competición federada nacional, de manera que no siguen o que no han participado en alguna de las competiciones a las que se refiere el artículo 1 de dicha Orden o porque no han presentado el certificado de manera correcta, debiendo procederse a la revocación de las mismas.

El dispongo quinto de la Orden 18/2017, de 17 de octubre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, prevé la delegación en el titular de la Dirección General de Deportes la revocación de subvenciones, en el caso de que el importe de las mismas no supere los 150.000 euros.

Por lo anterior, y en base a las competencias que tengo atribuidas y a lo dispuesto en la normativa citada

DISPONGO

Revocar las ayudas concedidas por Orden 851/2018, de 23 de julio, con cargo al subconcepto 48099 del programa 336A de gastos, a las entidades relacionadas a continuación, al no cumplir los requisitos establecidos para la justificación de la ayuda, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9.4 y 10.1 de la Orden 1104/2016, de 8 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras y el artículo 8.4 de la Orden 851/2018, de 23 de julio, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el año 2018:

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno interponer.

En Madrid, a 25 de octubre 2018.—El Consejero de Cultura, Turismo y Deportes, PD (Orden 18/2017, de 17 de octubre), el Director General de Deportes, Javier Orcaray Fernández.

(03/36.229/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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