Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 276

Fecha del Boletín 
19-11-2018

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181119-69

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

69
Madrid número 9. Ejecución 158 de 2018, notificación a Miguel Ángel Serrano Asesores, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA DEL CARMEN MARTIN GARCIA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 09 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 158/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. GEMA ALONSO BALLESTEROS, D./Dña. MARIA SONSOLES MARTIN LOZANO y D./Dña. MARIA BELEN JIMENEZ MARTIN frente a MIGUEL ANGEL SERRANO ASESORES SL y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

EJECUCIÓN Nº: 158/2018.

EJECUTANTE: D./Dña. GEMA ALONSO BALLESTEROS, D./Dña. MARIA SONSOLES MARTIN LOZANO y D./Dña. MARIA BELEN JIMENEZ MARTIN.

EJECUTADO: MIGUEL ANGEL SERRANO ASESORES SL y FOGASA.

PARTE DISPOSITIVA

En atención a lo dispuesto, SE ACUERDA:

Despachar orden general de ejecución de sentencia de fecha 18/04/2018 a favor de la parte ejecutante, Dña. MARIA BELEN JIMENEZ MARTIN, Dña. GEMA ALONSO BALLESTEROS y Dña. MARIA SONSOLES MARTIN LOZANO, frente a la demandada MIGUEL ANGEL SERRANO ASESORES SL, parte ejecutada, por un principal de 22.958,55 EUROS, más 2.295,85 EUROS y 2.295,85 EUROS de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los requisitos procesales exigidos, pudiendo la parte demandada deducir oposición a la ejecución en los términos previstos en el art. 239.4 de la L.J.S., y pudiendo alegarse en el caso del procedimiento monitorio la falta de notificación del requerimiento (art. 101.c L.J.S.); debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en el BANCO SANTANDER 2507-0000-64-0158-18.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a MIGUEL ANGEL SERRANO ASESORES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a nueve de octubre de dos mil dieciocho.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/34.881/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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