Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 272

Fecha del Boletín 
14-11-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181114-60

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 72

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Madrid número 72. Procedimiento 1.428 de 2015, notificación a Erisvaldino Rodrígues Correira

EDICTO

Doña Elena Fernández García, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 72 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de filiación número 2.508 de 2010, instados por el procurador, don Rafael Silva López, en nombre y representación de “Abanca Corporación Bancaria, Sociedad Anónima”, contra don Benito Javier Vozoso García y don Erisvaldino Rodrígues Correia, en los que se ha dictado en fecha 11 de julio de 2018, sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

Sentencia número 176 de 2018

En Madrid, a 11 de julio de 2018.—La magistrada-juez, doña Sonia Lence Muñoz.—Vistos por mi, doña Sonia Lence Muñoz, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 72 de Madrid y su partido judicial, los autos de juicio ordinario número 1.428 de 2015, promovidos a instancias de “Abanca Corporación Bancaria, Sociedad Anónima”, representada por el procurador, don Rafael Silva López, y defendida por el letrado, don Pablo Albert Albert, contra don Benito Javier Vizoso García y don Erisvaldino Rodrígues Correira, en situación de rebeldía, versando los autos sobre reclamación de cantidad.

(...)

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda presentada por la procuradora, señora Silva Martínez, en nombre y representación de “Abanca Corporación Bancaria, Sociedad Anónima”, contra don Benito Javier Vizoso García y don Erisvaldino Rodrígues Correira, debo condenar y condeno a los demandados a abonar, solidariamente a la actora, la cantidad de 26.315,94 euros, más intereses legales, desde el día 7 de octubre de 2015 hasta el día de hoy, e intereses del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, desde el día de hoy hasta su completo pago e imposición de las costas procesales a los demandados solidariamente.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación, que se interpondrá ante este Juzgado, en el plazo de veinte días, computados desde su notificación, para su conocimiento y fallo por la Audiencia Provincial de Madrid.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, don Erisvaldino Rodrígues Correira, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica, está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 28 de septiembre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/32.830/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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