Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 272

Fecha del Boletín 
14-11-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181114-55

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 20

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Madrid número 20. Procedimiento 546 de 2016, notificación a Valentín Nebreda Berriguete

EDICTO

Doña Virginia Marta González Granado, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 20 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 546 de 2016, instados por el procurador don José Miguel Sampere Meneses, en nombre y representación del “Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima”, contra don Valentín Nebreda Berriguete, en reclamación de 2.419,96 euros, en los que se ha dictado en fecha 21 de septiembre de 2018, sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

En Madrid, a 21 de septiembre de 2018.—Vistos por la ilustrísima señora doña Blanca Rosa Bartolomé Collado, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 20 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal registrados con el número 546 de 2016, derivados de demanda presentada por el “Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima”, representada por el procurador señor Sampere Meneses, y bajo la dirección letrada del señor González Zapatero Domínguez, contra don Valentín Nebreda Berriquete, declarado en situación legal de rebeldía procesal, en reclamación de 2.419,96 euros, dicta en nombre del Rey la presente sentencia con base en los siguientes:

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda presentada por la procuradora señora Casado Deleito, después sustituida por el procurador señor Sampere Meneses, en nombre y representación del “Canal Isabel II Gestión, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a don Valentín Nebreda Berriguete a que abone a la actora la cantidad debida de 2.419,96 euros, cifra que devengará los intereses previstos en el artículo 1.108 del Código Civil, desde la fecha de interposición de la demanda y los señalados en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la fecha de esta sentencia.

Las costas de esta primera instancia se imponen a la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno (artículo 455.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, según redacción dada al mismo por la Ley 37/2011).

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio que quedará unido a autos quedando el original en el correspondiente libro de sentencias, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al descubrimiento del actual domicilio del demandado don Valentín Nebreda Berriguete y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notificará del interesado en la secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 2 de octubre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/34.777/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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