Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 272

Fecha del Boletín 
14-11-2018

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181114-135

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

135
Móstoles número 2. Ejecución 9 de 2018, notificación a Suelos e Inversiones Urbanas, S. L. y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento número 9 de 2018 (ejecución) de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Marcelino López Fernández, don Francisco Muñoz Gómez, don Faustino Perulero y don Faustino Perulero Palomino, frente a “Contratación de Obras Vigar, Sociedad Limitada”, “Suelos e Inversiones Urbanas, Sociedad Limitada”, “Construcciones Villar Coniur, Sociedad Anónima”, “Estro Inversiones y Construcciones Inmobiliares, Sociedad Anónima” y “Cresa Patrimonial, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 108.473,08 euros de principal (don Faustino Perulero Palomino, 35.906,55 euros; don Francisco Muñoz Gómez, 36.598,34 euros y don Marcelino López Fernández, 35.968,19 euros) y 10.847 euros calculados para intereses y costas, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada, “Construcciones Villar Coniur, Sociedad Anónima”, “Suelos e Inversiones Urbanas, Sociedad Limitada” y “Contratación de Obras Vigar, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante, a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, en la entidad “Banco Santander” IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, número 2851-0000-64-0009-18.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Suelos e Inversiones Urbanas, Sociedad Limitada” “Construcciones Villar Coniur, Sociedad Anónima” y “Contratación de Obras Vigar, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a 15 de octubre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/34.496/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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