Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 270

Fecha del Boletín 
12-11-2018

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181112-75

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

75
Madrid número 4. Procedimiento 821 de 2018, notificación a I Madrid Dental Proyecto Odontológico, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Herrero Barrero, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 821 de 2018, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Estefanía Melgares Barriuso, doña Cyntia Galdeano Reales, doña Nuria Morgado Polo y doña Yeline Lisett Patiño Castro, frente a “I Madrid Dental Proyecto Odontológico, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Autos de fecha 10 de octubre de 2018 (DSP 822, 823 y 824 de 2018) y auto de fecha 17 de octubre de 2018 (DSP 821 de 2018).

Diligencia.—En Madrid, a 17 de octubre de 2018.

La extiendo yo, la letrada de la Administración de Justicia, para hacer constar que en este Juzgado de lo social se siguen autos DSP número 823, 824 y 822 de 2018, que presentan características susceptibles de dar lugar a su acumulación. Paso a dar cuenta.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 17 de octubre de 2018.

Parte dispositiva:

Se acuerda la acumulación a los presentes autos número 821 de 2018, de los que se siguen también en este Juzgado con los números DSP 823, 824 y 822 de 2018, discutiéndose en un solo proceso y decidiéndose en una sola resolución las cuestiones planteadas en todos ellos, estándose a lo acordado en decreto de fecha 17 de octubre de 2018, en cuanto a la citación para los actos de conciliación y/o juicio, los cuales tendrán lugar el día 23 de enero de 2019, a las nueve horas.

Finalmente, respecto a las diligencias de prueba de las demandas acumuladas, se acuerda:

Respecto a la prueba de interrogatorio de las partes codemandadas, “I Madrid Dental Proyecto Odontológico, Sociedad Limitada Unipersonal”, interesada en el escrito de demanda, requiérase a los representantes legales de las mismas para que comparezcan el día de la vista oral. A tal fin, se hace saber que el interrogatorio habrá de responderse por sus representantes en juicio siempre y cuando hubieran intervenido en los hechos controvertidos. En caso contrario, tal circunstancia habrá de alegarse con suficiente antelación al acto del juicio, identificando a la persona que intervino en nombre de la entidad, para su citación a juicio. Si tal persona no formase parte ya de la entidad, podrá solicitarse que se le cite en calidad de testigo. Apercibiéndose que, en caso de no cumplir lo anteriormente señalado o no identificar a la persona interviniente en los hechos, ello podrá considerarse como respuesta evasiva y tenerse por ciertos los hechos a que se refieran las preguntas, y todo ello bajo el apercibimiento de que caso de no comparecer podrán considerarse reconocidos como ciertos, en la sentencia, los hechos a que se refieran las preguntas, siempre que el interrogado hubiere intervenido en ellos personalmente y su fijación como ciertos le resultare perjudicial en todo o en parte.

Con respecto a la documental solicitada, líbrese oficio para ello a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, a fin de que aporte a este Juzgado informe y resolución sobre el resultado de inspección y acta levantada contra la demandada, “I Madrid Dental Proyecto Odontológico, Sociedad Limitada Unipersonal”, al que se hace alusión en los puntos tercero y cuarto de la demanda. Todo ello deberá ser remitido antes del día 23 de enero de 2019, a las nueve horas, fecha señalada para la celebración de los actos de conciliación y/o juicio.

Notifíquese la presente resolución a las partes de todos los procedimientos.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2502-0000-61-1340-17.

Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora magistrada-juez, María Luisa Sanz Anchuela.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “I Madrid Dental Proyecto Odontológico, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 17 de octubre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/35.091/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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