Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 265

Fecha del Boletín 
06-11-2018

Sección 5.90.1: V. OTROS ANUNCIOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181106-197

Páginas: 4


V. OTROS ANUNCIOS

CONSORCIO URBANÍSTICO PARQUE EMPRESARIAL DE LA CARPETANIA

197
Consorcio Urbanístico Parque Empresarial de La Carpetania. Licitación demolición edificaciones

Resolución de 24 de octubre de 2018, de la gerente del Consorcio Urbanístico Parque Empresarial “La Carpetania”, por la que se dispone la publicación de la convocatoria del contrato de obras: “Demolición de naves ganaderas soleras y edificaciones complementarias carretera A-42, punto kilométrico 16, en Getafe”. Referencia: CO/2018/01.

1. Entidad adjudicadora. Datos generales y datos para la obtención de información:

a) Organismo: Consorcio Urbanístico “Parque Empresarial de La Carpetania”.

b) Obtención de información:

1) Teléfono: 911 713 865.

2) Fax: 915 005 102.

3) Correo electrónico: ral7@madrid.org

4) Dirección de Internet del “perfil del contratante”: http://www.cucarpetania.es

5) Fecha límite de obtención de información: seis días antes del fin del plazo de presentación de proposiciones, siempre y cuando haya sido solicitada con una antelación de doce días a la fecha límite fijada para la recepción de ofertas en el anuncio de licitación.

2. Objeto del contrato:

a) Tipo: obras.

b) Descripción: demolición de naves ganaderas, soleras y edificaciones complementarias. Carretera de Toledo A-42, punto kilométrico 16, Getafe.

c) Lugar de ejecución: Carretera de Toledo A-42, punto kilométrico 16, Getafe, Consorcio Urbanístico “La Carpetania” (Madrid).

d) Plazo de ejecución/entrega: tres meses, contados partir de la firma del acta de replanteo.

e) Admisión de prórroga: no.

f) CPV: 45110000-1 (trabajos de demolición de inmuebles y movimiento de tierras).

3. Tramitación y procedimiento:

a) Tramitación: ordinaria.

b) Procedimiento: abierto simplificado.

c) Criterios de adjudicación: pluralidad de criterios.

4. Valor estimado del contrato: 281.013,65 euros, IVA no incluido.

5. Presupuesto base de licitación:

a) Importe neto: 281.013,65 euros.

IVA: 59.012,87 euros.

Importe total: 340.026,52 euros.

6. Garantías exigidas:

a) Garantía provisional: no procede en base al artículo 106.1 de la Ley de Contratos del Sector Público.

b) Definitiva: 5 por 100 del precio de adjudicación del contrato, IVA excluido. Excepto adjudicación a oferta inicialmente incursa en presunción de anormalidad en cuyo caso se estará a lo dispuesto en el artículo 107.2 de la Ley de Contratos del Sector Público.

7. Requisitos específicos del contratista:

Empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y obras cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros.

Los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional, se acreditarán por los licitadores indistintamente mediante los siguientes criterios:

a) La clasificación del empresario:

— Grupo C, subgrupo 1, categoría 2 (Real Decreto 773/2015).

— Grupo C, subgrupo 1, categoría C (Real Decreto 1098/2001).

Se acreditará mediante el Certificado de Clasificación Empresarial expedido por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público del Ministerio de Hacienda y Función Pública.

Las empresas que presenten la clasificación exigida para el presente contrato no necesitarán acreditar la solvencia económica y financiera y técnica con los medios que se definen a continuación.

Los licitadores o candidatos que no dispongan de la referida clasificación, podrán acreditar la solvencia económica y financiera, técnica o profesional por los siguientes criterios, requisitos mínimos y medios de acreditación:

b) Requisitos específicos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional:

— Solvencia económica y financiera:

1. Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el presente contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de la fecha de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente (artículo 87.1.a).

Criterio de selección: el volumen de negocios mínimo anual exigido para determinar el mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, no excederá de una vez y media el valor estimado del contrato, por tanto, dicho mínimo se establece en la cantidad de 421520,47 euros.

Se acreditará, mediante la presentación por el licitador de las cuentas anuales de los tres últimos ejercicios, aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

*Si por una razón justificada, la antigüedad de la empresa es inferior a tres años, o, en su caso, el empresario no está en condiciones de presentar la solvencia anteriormente solicitada por falta de actividad en alguno de los tres últimos ejercicios, podrá sustituirla por la contemplada en el artículo 87.1.c) de la Ley de Contratos del Sector Público.

Medio de acreditación: patrimonio neto al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.

Criterio de selección: el licitador deberá aportar declaración responsable que acredite el patrimonio neto del último ejercicio económico por importe igual o superior al importe de licitación, acompañado de la documentación que acredite la misma.

2. Justificante de la existencia de un seguro de Responsabilidad Civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.

Criterio de selección: se acreditará, mediante la presentación por el licitador de certificado expedido por la compañía aseguradora, en el que consten los importes y riesgos asegurados, que no podrá ser inferior a 281.013,65 euros y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos en los que el período de vigencia de dicho seguro, no cúbrala totalidad del tiempo de ejecución del contrato.

— Solvencia técnica o profesional (artículo 88.1 de la Ley de Contratos del Sector Público).

1. Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución, en los que se indique el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y si se llevaron a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente [artículo 88.1.a) de la Ley de Contratos del Sector Público].

Criterio de selección: se acreditará, mediante la presentación por el licitador de una declaración responsable con la relación de las principales obras ejecutadas durante los cinco últimos años, indicando su importe, fechas y destino público o privado.

Además de la declaración responsable, el licitador deberá presentar al menos tres certificados de buena ejecución, de contratos de características similares e igual importe o superior a las obras ejecutar en el contrato que se licita, que incluyan lo expuesto en el párrafo anterior. Cuando el destinatario sea privado, a falta de certificado expedido por este, se podrá acreditar mediante una declaración del empresario.

Las obras ejecutadas por una sociedad extranjera filial del contratista de obras tendrán la misma consideración que las directamente ejecutadas por el propio contratista, siempre que este último ostente directa o indirectamente el control de aquella en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio. Cuando se trate de obras ejecutadas por una sociedad extranjera participada por el contratista sin que se cumpla dicha condición, solo se reconocerá como experiencia atribuible al contratista la obra ejecutada por la sociedad participada en la proporción de la participación de aquel en el capital social de esta.

*Si por una razón justificada, la antigüedad de la empresa es inferior a cinco años, o, en su caso, el empresario no está en condiciones de presentar la solvencia anteriormente solicitada por falta de actividad en alguno de los cinco últimos ejercicios, podrá sustituirla por la contemplada en el artículo 88.1.b) y f) de la Ley de Contratos del Sector Público.

— Artículo 88.1.b): declaración indicando el personal técnico u organismos técnicos, estén o no integrados en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras acompañada de los documentos acreditativos correspondientes cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación.

Criterio de selección: declaración del representante legal de la empresa en la que se haga constar el personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que disponga para la ejecución de las obras, presentando la documentación cuando le sea requerida.

— Artículo 88.1.f): declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a las que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación.

Criterio de selección: el licitador deberá presentar una declaración responsable en la que se desglose la maquinaria, el material y el equipo técnico que pondrá a disposición para la ejecución del contrato, presentando la documentación cuando le sea requerida.

8. Presentación de las ofertas o de solicitudes de participación:

a) Fecha límite de presentación: las ofertas se podrán presentar hasta las 14:00h, del décimo quinto día natural a contar desde el siguiente de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Lugar de presentación:

— Dependencia: Consorcio Urbanístico “Parque Empresarial de La Carpetania”.

— Domicilio: calle del Poeta Joan Maragall, número 61, bajo (entrada por calle Pedro Moreno).

— Localidad y código postal: 28020 Madrid.

— Horario: de nueve a catorce.

c) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: hasta la adjudicación del contrato.

d) Admisión de variantes: no.

9. Apertura de las ofertas: el lugar, fecha y hora del acto público de apertura de las proposiciones económicas será publicado en el “perfil del contratante” del Consorcio (http://www.cucarpetania.es) con, al menos, siete días naturales previos a su celebración.

10. Gastos de publicidad: importe máximo, 1.500 euros.

11. Fecha de envío del anuncio al “Diario Oficial de la Unión Europea”: no procede.

Madrid, a 24 de octubre de 2018.—La gerente del Consorcio, Rocío Albert López-Ibor.

(01/34.430/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 5.90.1: V. OTROS ANUNCIOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181106-197