Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 262

Fecha del Boletín 
02-11-2018

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181102-66

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE VALDEMORO NÚMERO 4

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Valdemoro número 4. Procedimiento 423 de 2017, notificación a José Antonio Garrido Pérez

EDICTO

Doña Almudena Martín Rodríguez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia e instrucción número 4 de Valdemoro.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal número 423 de 2017, se ha dictado sentencia, cuyo encabezado y fallo son del tenor literal siguientes:

Sentencia número 142 de 2018

En Valdemoro, a 19 de julio de 2018.—Doña María Concepción Azuara López, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia e instrucción número 4 de Valdemoro, habiendo visto y oído los autos de juicio verbal número 423 de 2017, sobre reclamación de cantidad, promovidos por la comunidad de propietarios de la calle Benelux, número 4, de Valdemoro, representada por la procuradora de los tribunales doña Belén Sierra Recas, y asistida del letrado don Diego Arribas Pérez, contra don José Antonio Garrido Pérez, en situación de rebeldía, procede

Fallo

Que debo estimar y estimo íntegramente las pretensiones que se reclaman en la demanda respecto al demandado, don José Antonio Garrido Pérez y, en consecuencia, debo condenar y condeno a don José Antonio Garrido Pérez, a que pague a la comunidad de propietarios de la calle Benelux, número 4, de la localidad de Valdemoro (Madrid), la cantidad de 2.206 euros, así como las sucesivas cuotas ordinarias y extraordinarias que se generen hasta su completo pago, y por aplicación de los artículos 1.089, 1.091, 1.101 y 1.108 del Código Civil, al pago de los intereses devengados desde la fecha de interposición de la demanda, el 26 de junio de 2017 de la cantidad señalada, devengándose con posterioridad los intereses del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil hasta su completo pago.

Todo ello, con expresa imposición al demandado de las costas causadas en el presente procedimiento.

Notifíquese la presente sentencia a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe no cabe interponer recurso alguno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, al tratarse de la sentencia dictada en juicio verbal por razón de la cuantía que no supera los 3.000 euros.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don José Antonio Garrido Pérez, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Valdemoro, a 19 de julio de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/33.819/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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