Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 262

Fecha del Boletín 
02-11-2018

Sección 1.3.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181102-22

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA

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ORDEN de 19 de octubre de 2018, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se establece un cambio de adscripción de programa presupuestario.

Mediante Decreto 149/2018, de 9 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 121/2017, de 3 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, se crea la Dirección de General de Juventud, a la que se atribuyen las competencias en materia de juventud, antes adscrita a la Dirección General de Juventud y Deporte.

Mediante Decreto 147/2018, de 9 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 84/2018, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, se crea una Dirección de Área, con rango de alto cargo, dependiente de la Dirección General de Medio Ambiente y Sostenibilidad, responsable del ejercicio de las funciones en materia de residuos, calidad ambiental y economía circular.

Esta modificación de la organización básica de la Comunidad de Madrid supone una distinta distribución de las competencias para la ejecución de los Presupuestos Generales para 2018 aprobados por Ley 12/2017, de 26 de diciembre.

Teniendo en cuenta lo avanzado de la ejecución del presente ejercicio, así como, y principalmente, la necesidad de no interferir en el ritmo de prestación de bienes y servicios a los ciudadanos, se mantiene la estructura orgánica y por programas aprobada en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2018.

La Disposición Transitoria Única de ambos Decretos establece que lo dispuesto en los mismos en lo relativo a la adaptación de los procesos de estructuras orgánicas, presupuestarias y contables, deberá quedar adecuado, como máximo, el día 1 de enero de 2019.

Por cuanto antecede, y de conformidad con los artículos 41.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración, y 9.2.c) de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid,

DISPONE

Primero

Mantener la estructura presupuestaria del ejercicio 2018, conservando tanto los códigos identificativos como las denominaciones de los distintos componentes de las clasificaciones económica, orgánica y funcional o por programas.

Segundo

La gestión de los distintos programas de gasto se realizará, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, por la Presidenta, los Consejeros y Gerentes de Organismos Autónomos, en el ámbito de los gastos propios de los servicios a su cargo, de acuerdo con la distribución de competencias realizada por el Decreto 58/2018, de 21 de mayo, y el Decreto 59/2018, de 24 de mayo, independientemente de la sección presupuestaria a la que estuviesen asignados inicialmente en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2018.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior y de que los programas vigentes sigan ejecutándose de acuerdo con la misma estructura presupuestaria hasta finalizar el presente ejercicio, en el anexo de la presente orden se recoge el programa cuya adscripción sufre algún cambio derivado de la distribución de competencias realizada por el mencionado Decreto 149/2018, de 9 de octubre.

Tercero

Los actos administrativos relativos a la gestión de personal, así como los gastos derivados de los mismos, se realizarán por los órganos que resulten competentes en virtud del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias a los órganos de Administración de la Comunidad de Madrid, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal, de acuerdo con los Decretos 149/2018 y 147/2018, de 9 de octubre.

No obstante, hasta que por la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda se proceda a la adecuación de las estructuras orgánicas y de la relación de puestos de trabajo y plantillas presupuestarias de la Comunidad de Madrid, la tramitación administrativa de los expedientes se continuará realizando por las unidades administrativas de personal que vinieran gestionando con anterioridad a dicho Decreto.

Excepcionalmente, en aquellos supuestos en que se haya trasladado parcialmente la competencia a otros órganos, los actos administrativos y de gestión de gasto de capítulo 1 deberán realizarse de manera coordinada por los órganos que inicialmente la tuvieran encomendada y los que resulten competentes en virtud de la normativa a que se refiere el apartado primero.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Se habilita a la Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos para dictar las instrucciones que sean necesarias en desarrollo de esta Orden.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango, en todo lo que se opongan o contradigan a lo dispuesto en la presente Orden.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

No obstante, el cambio de adscripción del programa surtirá efectos desde la entrada en vigor del Decreto 149/2018, de 9 de octubre.

Madrid, a 19 de octubre de 2018.

La Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, ENGRACIA HIDALGO TENA

(03/34.134/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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