Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 261

Fecha del Boletín 
01-11-2018

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181101-30

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

30
Madrid número 32. Procedimiento 185 de 2018, notificación a Grupo Ele-3 Empresa de Trabajo Temporal, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D. DAVID ATIENZA MARCOS LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 32 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 185/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ANA SALAS CASTELLON frente a MEDIASET ESPAÑA COMUNICACION SA, F.O.G.A.S.A., LABORMAN TRABAJO TEMPORAL ETT SA, CUARZO PRODUCCIONES SL, UNICORN CONTENT SL y GRUPO ELE-3 EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO

En Madrid, a cuatro de octubre de dos mil dieciocho.

PARTE DISPOSITIVA

SE ACUERDA SUBSANAR EL DEFECTO ADVERTIDO en Sentencia de fecha 02/07/2018, que debe quedar redactada, en cuanto al contenido del Hecho Probado Primero de la referida resolución en los siguientes términos:

HECHO PROBADO PRIMERO

PRIMERO.- El actor prestó servicios desde el 27 de diciembre de 2004 a 31 de enero de 2006 para LABORMAN TRABAJO TEMPORAL ETT SA. Desde el 02 de febrero de 2006 al 23 de julio de 2008 para el GRUPO ELE-3 EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL SL. Desde el 01 de septiembre de 2008 en CUARZO PRODUCCIONES SL. La categoría es Documentalista-Media Manger y el salario de 30.840 € anuales.

Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado – Juez.

D./Dña. Mª LUISA GIL MEANA

EL MAGISTRADO-JUEZ

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GRUPO ELE-3 EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diez de octubre de dos mil dieciocho.

EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/33.277/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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