Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 260

Fecha del Boletín 
31-10-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181031-84

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80

84
Madrid número 80. Procedimiento 726 de 2017, notificación a Elias Neftali Severino Cabral

EDICTO

Juzgado de primera instancia número 80 de Madrid.

Juicio: Familia. Guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados número 726 de 2017.

Demandante: doña Niovileydi Méndez de León.

Procuradora: doña Paloma Rabadán Chaves.

Demandado: don Elías Neftalí Severino Cabral.

En el referido juicio se ha dictado auto de aclaración de la sentencia número 309/220185 de fecha 12 de septiembre de 2018, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Se rectifica la sentencia de fecha 12 de septiembre de 2018 en el sentido de que en el fallo de la sentencia, en el punto 3º, donde dice: «... como pensión de alimentos el padre deberá abonar a la madre la cantidad de ciento cincuenta euros mensuales (125,00 euros)...», debe decir: «... como pensión de alimentos el padre deberá abonar a la madre la cantidad de ciento veinticinco euros mensuales (125,00 euros)...», manteniéndose íntegramente el resto de sus pronunciamientos.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, don Elías Neftalí Severino Cabral, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 25 de septiembre de 2018.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).

(03/33.163/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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