Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 260

Fecha del Boletín 
31-10-2018

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181031-216

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40

216
Madrid número 40. Procedimiento 474 de 2018, notificación a Tempel Siglo XXI, S. L., y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Villagrán Moriana, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 40 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 474 de 2018 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Paloma González Calvo, frente a “Tempel Siglo XXI, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial y “Sitnosport, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Estimando la demanda formulada por doña María Paloma González Calvo, contra la empresa “Tempel Siglo XXI, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a dicha demandada a pagar a la demandante la suma de 2.238,33 euros, más otros 223,83 euros en concepto de interés legal por mora.

Desestimando la demanda formulada por doña María Paloma González Calvo contra la empresa “Sitnosport, Sociedad Limitada”, debo absolver y absuelvo a dicha demandada de todas las pretensiones ejercitadas en su contra.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Tempel Siglo XXI, Sociedad Limitada” y “Sitnosport, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la Oficina Judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento, o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 3 de octubre de 2018.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).

(03/33.188/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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