Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 260

Fecha del Boletín 
31-10-2018

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181031-196

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

196
Madrid número 34. Procedimiento 132 de 2018, notificación a Enode Telecom, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Fernando Benítez Benítez, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 132 de 2018-0001 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Marco Antonio Besa Menacho, frente a “Enode Telecom, Sociedad Limitada”, sobre cuenta de abogado, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

1.o Se admite a trámite la reclamación de cuenta del abogado don Marco Antonio Besa Menacho.

2.o Requiérase a “Enode Telecom, Sociedad Limitada”, para que, en el plazo de diez días, pague la cantidad de 40.009,57 euros o impugne la cuenta; bajo apercibimiento de apremio si no paga ni formula impugnación. No siendo preceptiva la intervención de abogado y procurador.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—El letrado de la Administración de Justicia, Fernando Benítez Benítez.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Enode Telecom, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 28 de septiembre de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/32.751/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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