Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 259

Fecha del Boletín 
30-10-2018

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181030-163

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 6

163
Málaga número 6. Procedimiento 689 de 2018, notificación a I Andalucía Dental Proyecto Odontológico, S. L. U.

EDICTO

Doña Luciana Rubio Bayo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 6 de Málaga.

Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 689 de 2018, a instancias de la parte actora, doña Blanca Jiménez Zambrana, contra “I Andalucía Dental Proyecto Odontológico, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre despido objetivo individual, se ha dictado resolución de fecha del tenor literal siguiente:

Sentencia número 364 de 2018

En Málaga, a 1 de octubre de 2018.—Vistos por doña Victoria Gallego Funes, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 6 de Málaga, los presentes autos número 689 de 2018, seguidos a instancias de doña Blanca Jiménez Zambrana, representada por la graduada señora Martín del Pino, frente a la entidad “I Andalucía Dental Proyecto Odontológico, Sociedad Limitada Unipersonal”, que no comparece, sobre extinción de contrato de trabajo y reclamación de cantidad.

Fallo

1. Que estimando la demanda interpuesta por doña Blanca Jiménez Zambrana, frente a la entidad “I Andalucía Dental Proyecto Odontológico, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre extinción de contrato de trabajo, debo declarar y declaro que la empresa demandada ha incumplido gravemente sus obligaciones contractuales con la demandante y, en consecuencia, debo de extinguir y extingo la relación laboral que unía a las partes, condenando a la demandada a estar y pasar por tal declaración y a abonar a la actora, en concepto de indemnización, la cantidad prevista para el despido improcedente de 2.210,92 euros.

2. Que estimando la demanda interpuesta por doña Blanca Jiménez Zambrana, frente a la entidad “I Andalucía Dental Proyecto Odontológico, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre reclamación de cantidad, debo condenar a la empresa demandada a abonar a la parte actora la cantidad de 5.766,59 euros brutos más el interés moratorio del 10 por 100.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que, contra la misma, cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía/Málaga, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo; siendo indispensable que, al tiempo de anunciarlo que acredite, la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en la cuenta de consignaciones de este Juzgado, o presentar aval solidario de entidad financiera por el mismo importe. Asimismo, deberá constituir otro depósito por importe de 300 euros, presentando ambos resguardos en la Secretaría del Juzgado al tiempo de anunciar el recurso, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a la demandada, “I Andalucía Dental Proyecto Odontológico, Sociedad Limitada Unipersonal”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a 2 de octubre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/32.990/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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