Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 258

Fecha del Boletín 
29-10-2018

Sección 5.70.1: V. OTROS ANUNCIOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181029-156

Páginas: 2


V. OTROS ANUNCIOS

ITSAP, S. COOP. MAD.

156
ITSAP, S. Coop. Mad. Liquidación cooperativa

Don Juan Carlos Díaz Fernández, con DNI 46560215-G, liquidador de la entidad denominada “ITSAP Sociedad Cooperativa Madrileña” en liquidación, con CIF F-87911236, e inscrita en el Registro de Cooperativas de la Comunidad de Madrid con el número 28/CM-5755.

Certifica: Que la Asamblea General Universal y Extraordinaria de la Cooperativa celebrada en su domicilio social, el día 11 de julio de 2018, con la asistencia de todos los socios y por tanto, representada la totalidad del capital social, según consta en la lista de asistentes que obra en el acta y firmada por los mismos, que aceptaron por unanimidad su celebración , con dicho carácter de universal, y el orden del día que fue elaborado para su tratamiento, se adoptaron, por unanimidad, los siguientes acuerdos, que se transcriben del acta de la sesión:

Primero.—Se acuerda por unanimidad la disolución de la sociedad en virtud de lo dispuesto en el artículo 60 de los Estatutos sociales, de conformidad con el artículo 93.1 b) de la Ley 4/1999, de 30 de marzo, de Cooperativas de la Comunidad de Madrid que establece como causa de disolución: “Por la voluntad de los socios, manifestada mediante acuerdo de la Asamblea General adoptado por los dos tercios de los votos presentes y representados”.

En el caso que nos ocupa el acuerdo ha sido adoptado por unanimidad de los votos presentes y que representan el 100 por 100 de la base societaria de “ITSAP Sociedad Cooperativa Madrileña”.

Segundo.—Se acuerda el cese en sus cargos de la totalidad de los miembros del órgano de administración, como consecuencia del acuerdo de disolución adoptado por la entidad:

— Don Higinio Linares Bermúdez, con DNI número 52473213-R y con cargo de presidente.

— Don Juan Carlos Díaz Fernández, con DNI número 46560215-G y con cargo de vicepresidente.

— Don Antonino Campagna, con NIE X2974028J y pasaporte italiano número YA9911820 y con cargo de secretario.

— Don Fermín Sebastián Sarrado, con DNI número 37329851-T y con cargo de vocal.

Tercero.—Se procede seguidamente, por votación secreta y por unanimidad al nombramiento de un socio liquidador, resultando elegido el siguiente:

Don Juan Carlos Díaz Fernández, con DNI número 46560215-G.

El socio liquidador, que actuará de forma individual, acepta su cargo ante la propia Asamblea General, se compromete a desempeñarlo fiel y diligentemente, y manifiesta, asimismo, no estar afectado por ninguna de las incapacidades e incompatibilidades contenidas en el artículo 41 de la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas, de aplicación supletoria en esta materia.

Cuarto.—Puesto que concurren los requisitos exigidos para adoptar el acuerdo de disolución y de liquidación de forma simultánea, se procede a la aprobación por unanimidad del balance final de liquidación, del informe completo sobre las operaciones del mismo y el proyecto de distribución del haber social, que a continuación se reproducen, tras ser informados favorablemente por el interventor, todo ello de conformidad con lo establecido al respecto en el artículo 100.1 de la LCCM.

Informe sobre las operaciones del balance: Habiéndose constituido “ITSAP Sociedad Cooperativa Madrileña”, en fecha 13 de septiembre de 2017, no se inició sin embargo la actividad económica hasta el 1 de marzo de 2018, habiendo llegado los socios a la conclusión unánime de que la sociedad cooperativa no es la forma idónea para el desarrollo del objeto social establecido. El ejercicio 2017 se cerró con unas pérdidas de 3,08 euros y a fecha de hoy, 11 de julio de 2018, se acumulan unas pérdidas de 57,12 euros en el ejercicio 2018, por lo que a fecha de hoy, tras haber pagado a todos los proveedores, y no existiendo deudas sociales pendientes de pago ni con la Agencia Tributaria ni con ningún otro organismo público o privado, la sociedad cuenta con unos activos de 2.939,80 euros, importe correspondiente al dinero en efectivo ingresado en la cuenta corriente de la titularidad de la cooperativa abierta en la entidad “Caixabank” y que es inferior al capital social inicial (3.000 euros) resultante de las aportaciones iniciales de los socios constituyentes.

Proyecto de distribución del haber social: Teniendo en cuenta que la cooperativa no tiene bienes, ni acreedores, ni más gastos que los derivados de la propia liquidación que serán satisfechos por los socios por partes iguales, no existiendo en la Cooperativa ni reserva obligatoria, ni fondo de educación y promoción a repartir, se acuerda destinar el haber social de la cooperativa, cifrado en 2.939,80 euros, a la devolución de las aportaciones iniciales a los 5 socios constituyentes, adjudicándose cada uno un importe de 587,96 euros, que reciben en la fecha de hoy mediante transferencia bancaria.

Quinto.—Que finalizadas las operaciones de liquidación y adjudicado el haber social conforme a lo dispuesto al efecto en los artículos 99, 100 y 101 de la LCCM, y, en virtud del acuerdo adoptado en esta Asamblea, queda facultado para comparecer ante notario y otorgar la correspondiente escritura pública de extinción de la entidad, el socio liquidador designado, en cuyo acto, conforme a lo previsto en la LCCM, se harán las siguientes manifestaciones:

— Que el balance final de liquidación y el proyecto de distribución del haber social, han sido aprobados por la Asamblea General de la Sociedad, de fecha 11 de julio de 2018, con indicación de los días en que serán publicados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID) y en dos diarios de los de mayor tirada de la Comunidad de Madrid.

— Que, asimismo, se ha procedido al pago de los acreedores y a la adjudicación del haber social, según lo previsto en el artículo 101 de la LCCM.

— Que solicita del registro de Cooperativas la cancelación de los asientos referentes a la presente Cooperativa extinguida.

— Que no existiendo fondo de educación y promoción ni reserva obligatoria no ha sido posible destinar cuantía alguna a las entidades previstas en el artículo 67.2.a) de los Estatutos Sociales.

Se hace constar que conforme a lo establecido en el número 1 del artículo 102 de la LCCM, se incorporarán a la escritura pública de liquidación, el balance final de liquidación y la relación de los socios y, en su caso, colaboradores y asociados, así como la cuota de liquidación que le corresponde a cada uno.

Sexto.—Ruegos y preguntas.—No hay ruegos y preguntas.

Séptimo.—Aprobación del acta de la Asamblea.—No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión sin que ninguno de los socios asistentes solicite que conste en acta su intervención, siendo las doce horas del día 11 de julio de 2018, redactándose a continuación la presente acta que, leída por el/la secretario/a, es aprobada unánimemente por todos los asistentes y firmada a continuación por el/la presidente y el secretario, así como por el liquidador.

En Madrid, a 23 de julio de 2018.—El liquidador, Juan Carlos Díaz Fernández.

(02/25.708/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 5.70.1: V. OTROS ANUNCIOS

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