Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 238

Fecha del Boletín 
05-10-2018

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181005-37

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

37
Alcalá de Henares. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acuerdo de 21 de septiembre de 2018, de la Junta de Gobierno Local, por el que se convoca la concesión de ayudas dirigidas a los CEIPS de Alcalá de Henares, destinadas a los escolares que tengan necesidad de libros y material didáctico. Curso 2018-2019.

BDNS (Identif.): 416911

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/lindex):

Primero. Beneficiarios.—Escolares pertenecientes a los Centros de Educación Infantil y Primaria de Alcalá de Henares, sostenidos con fondos públicos, cuyas familias tengan escasez de recursos económicos, para la adquisición de libros y material didáctico, y así atender a los escolares que carezcan de los mismos.

Segundo. Finalidad.—Concesión de ayudas económicas destinadas a la adquisición de libros y material didáctico para los escolares cuyas familias carecen de recursos suficientes para afrontar tales gastos y no hubieran resultado beneficiarios de las ayudas reguladas en la Orden 9726/212, de 24 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 217, de 11 de septiembre) y otorgadas por la Comunidad de Madrid con este mismo fin, o cuyas ayudas, en su caso no hayan resultado suficientes.

Los libros y el material didáctico adquirido, pasarán a formar parte del banco de libros del correspondiente centro, con el fin de su reutilización para cursos posteriores, en su caso.

Tercero. Bases reguladoras.—Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 21 de septiembre de 2018, publicadas en la página web (http://www.ayto-alcaladehenares.es).

Cuarto. Importe.—Importe máximo de la convocatoria: 30.000 euros.

La Comisión de Valoración determinará la cuantía de las ayudas para los centros solicitantes, teniendo en cuenta los siguientes criterios:

— El número de alumnos beneficiarios reflejados en las solicitudes.

— Las ayudas solicitadas, una vez verificada su validación por la comisión de valoración, recibirán la cuantía solicitada de conformidad con la propuesta del equipo directivo, teniendo como importe orientativo el importe de las ayudas establecidas por la CM para este fin, que en los centros públicos de Alcalá se estima por los propios centros en 85 euros por el lote de libros de texto, siendo este un importe estimado en atención a la diversidad de libros, cursos y editoriales. Se podrán subvencionar hasta el 100 por 100 del importe de las ayudas solicitadas.

En el caso de que el importe global de todas las solicitudes supere el crédito disponible, se fijará una cuantía inferior para cada ayuda, siguiendo un modelo de proporcionalidad a la baja de manera que el importe global final no supere en ningún caso el crédito disponible.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes habrán de entregarse, debidamente cumplimentadas, en el Registro del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, entre el 24 de septiembre y el 19 de octubre de 2018, ambos inclusive.

Sexto. Otros datos.—Estas ayudas resultan incompatibles con cualquier otra que se reciba con la misma finalidad y que, en su caso, cubra la totalidad de los gastos consignados para dicho fin.

Los centros interesados deberán remitir a la Concejalía de Educación la solicitud de las ayudas, según el modelo del anexo 1.

Será el propio centro quien realizará la adquisición de los libros y los materiales didácticos que en su caso correspondan.

Alcalá de Henares, a 27 de septiembre de 2018.—La concejala-delegada de Educación, Diana Díaz del Pozo.

(03/31.111/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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