Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 236

Fecha del Boletín 
03-10-2018

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181003-83

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

83
Madrid número 1. Ejecución 111 de 2018, notificación a Alemar Multisoluciones Integrales, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Rodríguez Vozmediano, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 111 de 2018 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de don Bonifacio Crucera Morales, frente a “Alemar Multisoluciones Integrales, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 4 de julio de 2018.

Parte dispositiva:

Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante don Bonifacio Crucera Morales, frente a “Alemar Multisoluciones Integrales, Sociedad Limitada”.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnación.—Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Juriscción Social, debiendo el recurrente, que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Bando Santander”, número de cuenta 2499-0000-64-0111-18.

Así por este su auto, lo acuerda, manda y firma.—La ilustrísima señora magistrada-juez doña Isabel Sánchez Peña.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Alemar Multisoluciones Integrales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 6 de septiembre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/29.654/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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