Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 230

Fecha del Boletín 
26-09-2018

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180926-110

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALLADOLID NÚMERO 2

110
Valladolid número 2. Ejecución 9 de 2018, notificación a Multiservicios Vallisoletanos, S. L.

EDICTO

Don José Luis García Roig, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Valladolid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 9 de 2018 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Eva María Hernández Alonso, contra la empresa “Multiservicios Vallisoletanos, Sociedad Limitada”, sobre ejecución, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Decreto

En Valladolid, a 28 de agosto de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia, don José Luis García Roig.

Parte dispositiva:

Acuerdo:

a) Declarar a la ejecutada “Multiservicios Vallisoletanos, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 4.671,06 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones previa anotación en el libro correspondiente, sin perjuicio de reaperturar la ejecución, si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

c) Procédase a su inscripción en el registro correspondiente.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse ante quien dicta la resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 188 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Multiservicios Vallisoletanos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a 28 de agosto de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/28.769/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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