Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 229

Fecha del Boletín 
25-09-2018

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180925-94

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

94
Madrid número 24. Ejecución 114 de 2018, notificación a Ipalux Instalaciones

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACION

Dña. MARTA MENARGUEZ SALOMON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 24 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 114/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JOSE DOMINGUEZ TELLO frente a IPALUX INSTALACIONES sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

“PARTE DISPOSITIVA

Se aprueba la tasación de costas practicada por la suma total de 234,58 euros ( correspondientes a intereses 16,78 euros y a honorarios de Letrado 217,80 euros ) a cuyo pago resulta condenada la parte demanda en las presentes actuaciones.

Constando ingresada la suma de 157,08 euros.

De los cuales corresponden a la parte ejecutante Don JOSÉ DOMÍNGUEZ TELLO 16,78 euros concepto de intereses y al Letrado ejecutante Don LUIS GERARDO SOTO ESCANDÓN 140,3 euros en concepto de Parte de Honorarios.

Póngase a disposición de la parte ejecutante Don JOSÉ DOMÍNGUEZ TELLO la cantidad de 16,78 euros concepto de intereses.

Póngase a disposición del Letrado ejecutante Don LUIS GERARDO SOTO ESCANDÓN la cantidad de 140,3 euros en concepto de Parte de Honorarios de Letrado, restando de abonar por el mismo concepto 138,5 euros.

Requiérase a la entidad ejecutada para que proceda a ingresar el resto pendiente de abonar al Letrado ejecutante que asciende a 138,5 euros en concepto de Resto de Honorarios de letrado.

Notifíquese esta resolución a las partes”.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a IPALUX INSTALACIONES, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a tres de septiembre de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/28.495/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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