Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 229

Fecha del Boletín 
25-09-2018

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180925-59

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

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Madrid número 9. Procedimiento 50 de 2018, notificación a Delion Communications, S. L., y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 9 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 50/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. GEORGETA MIRELA SIRES frente a BISTAGNO INVERSIONES SLU, DELION COMMUNICATIONS SL, CONTINUUM SA, NEP714 INVESTMENT SL, DATASUR SERVICIOS TECNOLOGICOS SA y SPRINGWATER CAPITAL SPAIN SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

NÚMERO RESOLUCIÓN: 744/2018

DECRETO

En Madrid, a veintiocho de agosto de dos mil dieciocho.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- El presente proceso ha sido promovido por D./Dña. GEORGETA MIRELA SIRES, figurando como parte demandada SPRINGWATER CAPITAL SPAIN SL, DATASUR SERVICIOS TECNOLOGICOS SA, DELION COMMUNICATIONS SL, NEP714 INVESTMENT SL, BISTAGNO INVERSIONES SLU y CONTINUUM SA, sobre Resolución contrato.

SEGUNDO.- En fecha 21 de agosto de 2018 la demandante ha desistido expresamente de su demanda mediante escrito presentado 21/08/2018.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

ÚNICO.- El desistimiento por parte del actor o actores con anterioridad a los actos de conciliación o juicio, en el proceso laboral es un acto unilateral de la parte demandante que, cuando afecta a todos los demandantes, produce la terminación del proceso. Procede tener a/los demandante/s por desistido/s de su demanda (articulo 20.2 L.E.C.)

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda tener por desistida a la parte actora D./Dña. GEORGETA MIRELA SIRES de la acción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2507-0000-61-0050-18.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. MARÍA ISABEL TIRADO GUTIERREZ

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a DELION COMMUNICATIONS SL, BISTAGNO INVERSIONES SLU, y CONTINUUM, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 03 de septiembre de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/28.521/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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