Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 229

Fecha del Boletín 
25-09-2018

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180925-55

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6

55
Madrid número 6. Ejecución 171 de 2018, notificación a Worldwide Hotels Resorts, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. EVA SAN PABLO MORENO LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 06 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 171/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. AMALIA JIMENEZ FUENTES frente a WORLDWIDE HOTELS RESORTS SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado una resolución con la siguiente parte dispositiva:

“Acuerdo despachar orden general de ejecución por la vía del incidente de no readmisión del título indicado a favor de ejecutante Dña. AMALIA JIMENEZ FUENTES frente a WORLDWIDE HOTELS RESORTS SL; a tal efecto cítese a comparecencia a las partes de conformidad con el art. 280 de la LRJS acordándose la audiencia para el día 10 de octubre de 2018 a las 09:35 horas, debiendo comparecer las partes con todos los medios de prueba que intenten valerse.

Notifíquese esta resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER número de cuenta 2504-0000-64-0171-18”.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a WORLDWIDE HOTELS RESORTS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a doce de septiembre de dos mil dieciocho.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/29.459/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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