Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 229

Fecha del Boletín 
25-09-2018

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180925-133

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE FERROL NÚMERO 2

133
Ferrol número 2. Ejecución 1 de 2017, notificación a Asesoría Cejuela, S. L., y otros

EDICTO

Dª MARTA DE VICENTE GUTIERREZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 002 de FERROL, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000001/2017 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª MARIA EMMA PIÑEIRO VARELA contra la empresa CENTRO MEDICO AS PIAS, S.L., ADE ASESORES DE EMPRESA S.L., ASESORIA CEJUELA S.L, NETVISION TECHNOLOGIES S.L., ASISTENCIA INTEGRAL EN PREVENCION S.A., HERFRAN ASESORES S.L., SPRIL NORTE SL, PEREZ FADON ASESORES SL, PFA PREVENCION DE RIESGOS LABORALES SA, FOGASA, CENTRO MEDICO ASISTENCIAL LALIN S.L., ADMINISTRACION CONCURSAL DE CENTRO MEDICO AS PIAS S.L., ADMINISTRACION CONCURSAL DE PFA PREVENCION DE RIESGOS LABORALES S.A., ADMINISTRACION CONCURSAL DE ADE ASESORES DE EMPRESA S.L., sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, Decreto de Insolvencia Parcial de fecha 28/06/18 cuya parte dispositiva se adjunta:

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

a) Declarar a las ejecutadas CENTRO MEDICO AS PIAS, S.L., ADMINISTRACION CONCURSAL DE CENTRO MEDICO AS PIAS S.L., PFA PREVENCION DE RIESGOS LABORALES S A, ADE ASESORES DE EMPRESA S.L., PEREZ FADON ASESORES S.L, HERFRAN ASESORES SL, NETVISION TECHNOLOGIES S.L., ASESORIA CEJUELA S.L, LA PARTE CONTRATANTE DE LA SEGUNDA PARTE QUE ES LA MAS INTERESANTE, CENTRO MEDICO ASISTENCIAL LALIN S.L. en situación de INSOLVENCIA PARCIAL por importe de 115.194,73 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, sin perjuicio de reaperturar la ejecución, si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta nº 1501 en el SANTANDER debiendo indicar en el campo concepto, “recurso” seguida del código “31 Social-Revisión de resoluciones Letrado de la Administración de Justicia”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “31 Social-Revisión de resoluciones Letrado de la Administración de Justicia”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación en legal forma a ASESORIA CEJUELA S.L, NETVISION TECHNOLOGIES S.L., HERFRAN ASESORES S.L. LA PARTE CONTRATANTE DE LA SEGUNDA PARTE QUE ES LA MAS INTERESANTE S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de la Comunidad Autónoma de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En FERROL, a veintiocho de junio de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

FDO. MARTA DE VICENTE GUTIERREZ

(03/28.510/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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